Ojo: ya será delito esto en BCS y te castigarán con estas penas

Te multarán y podrás ir a la cárcel si disparas al aire en fiestas. Foto: Cuartoscuro/Archivo

Fue aprobado por el Congreso de Baja California Sur el dictamen que tipifica como delito el realizar disparos de arma de fuego, teniendo como objetivo el prohibir la costumbre de disparar al aire en celebraciones populares o fiestas, que ponen en riesgo a la ciudadanía. Además también será tipificado el delito de halconeo y espionaje.

De igual forma, se aprobó aumentar las penas al delito de robo de vehículos, con la finalidad de castigar de forma más severa un delito  que ha sido incidente en el estado en los últimos meses. 

En el caso del robo de vehículo, dejó de ser una agravante genérica del delito de robo, aprobándose derogar el delito de receptación agravada sobre vehículos de motor para tipificarlo como el delito de robo equiparado de vehículo de motor, para tener tipos penales según la realidad sudcaliforniana y su incidencia delictual, y para  agravar su penalidad. Congreso BCS

Así te castigarán por disparar

Tras la aprobación de la iniciativa se establece que: quien dispare un arma de fuego, sin ánimo lesivo, poniendo en peligro la vida o integridad corporal de alguna persona se impondrá de uno a dos años de prisión y multa de hasta 100 días.

Si accionan el arma de fuego en estado de embriaguez o bajo el influjo de estupefacientes, psicotrópicos o cualquier otra substancias que afecte las facultades psicomotrices, la sanción será de dos a tres años de prisión y hasta 500 días de multa.

Así te castigarán por espionaje y halconeo

Con relación a la tipificación del delito de Espionaje y Halconeo contra las Instituciones Policiales, de Seguridad Pública y Procuración de Justicia, se estableció pena de prisión de  7 a 15  años  y multa de cuatrocientos a ochocientos días a quien aceche vigile, Intervenga comunicaciones  privadas u oficiales por cualquier  medio  tecnológico.

Así aumentaron penas por robo de vehículos

Las penas para el delito de robo de vehículo que aprobaron son las siguientes: por delito de robo de vehículo simple de seis a 15 años de prisión y de 500 hasta 1000 días de multa. Si el robo del vehículo se ejecuta con violencia, a la pena impuesta se le agregarán de uno a tres años de prisión. 

Para el caso del Robo Equiparado de Vehículo de Motor penas de prisión de cuatro a ocho años y de 100 hasta 500 días multa. Al que use un vehículo de motor que porte placas de circulación de vehículo robado o reportado como robado, se le impondrá prisión de uno a cuatro años y hasta 200 días multa. 

Si en los casos de robo de vehículo simple, robo equiparado de vehículos y portación de placas de vehículo robado, participa algún servidor público, además de las sanciones que se impongan por esos delitos, al sujeto activo se le aumentará la pena de prisión hasta en una mitad más y se le inhabilitará para desempeñar cualquier empleo.

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