En CDMX se podrá reclasificar toma de agua y obtener subsidio

Te decimos lo que necesitas para ponerte al corriente. Foto: Cuartoscuro

Los capitalinos podrán solicitar la reclasificación del índice de desarrollo por manzana donde se ubique su toma de agua ante el Sistema de Aguas de la Ciudad de México, a fin de que se les otorgue el subsidio, de acuerdo a su condición económica.

La reclasificación podrá ser retroactiva a 2011 si derivado de la clasificación errónea, el propietario del inmueble haya cubierto adeudos; y establece lineamientos para realizar este trámite.

El propietario del inmueble podrá realizar éste de manera individual hasta el 31 de diciembre de este año, con base en un estudio socioeconómico o si el inmueble fue adquirido por un crédito de interés social.

¿Cuál es el procedimiento?

Una vez presentada la documentación solicitada como boleta predial y de agua, entre otros, el Sistema de Aguas de la Ciudad de México evaluará el valor catastral del predio, el número de habitantes en la vivienda, la ocupación y los ingresos, basados en el estudio socioeconómico expedido por el área de Desarrollo Social de la Delegación Política que corresponda a la demarcación del predio del cual se solicita la reclasificación.

Tras emitir la resolución, la dependencia notificará al propietario solicitante en un plazo no mayor a los 30 días posteriores a su emisión; y de ser procedente, realizará el cobro con la nueva clasificación. 

Además condonarán multas

El gobierno de la Ciudad de México condonará el pago de derechos por el suministro de agua, así como las multas y recargos a personas que regularicen sus tomas clandestinas o de drenaje.

Los interesados deberán acudir a la Oficialía de Partes de la Dirección de Verificación Delegacional y Conexiones del Sistema de Aguas de la Ciudad de México, ubicada en el piso 16 de la Avenida José María Izazaga 89, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc.

¿Qué documentos llevar?

Los documentos que debes llevar son los siguientes: 

  • Comprobante de pago correspondiente a la instalación de medidor y armado de cuadro. 
  • Identificación oficial vigente del propietario del predio. 
  • Constancia de Alineamiento y número oficial.

Además, un documento legal que acredite la legítima propiedad del predio como Escritura Pública o boleta predial. De no contar con esos documentos bastará con llevar el contrato privado, cesión de derechos, testamento o juicio testamentario.

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