TEPJF anula elecciones en 2 ayuntamientos de Puebla

El TEPJF determinó anular de forma parcial los resultados. Foto: TEPJF

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) anuló de manera parcial las sentencias del Tribunal Electoral de Puebla relacionadas con la elección de los ayuntamientos de Mazapiltepec de Juárez y Tepeojuma.

Por medio de un comunicado el organismo federal señaló que se anulaban los resultados en la elecciones de dichos municipios, mientras que se revocaba la anulación en el ayuntamiento de Tepanco de López.

En Mazapiltepec de Juárez, el Tribunal local anuló la votación por una casilla que representa el 30% de la elección:

"En el caso de Mazapiltepec de Juárez, el Tribunal local anuló la votación recibida en una casilla al haberse vulnerado el principio de certeza, lo que generó un cambio de ganador. La Sala Regional consideró que derivado de la anulación de esa casilla debía declararse la nulidad de la elección. Ello es así porque en dicho municipio solo hay 2 secciones y la casilla anulada corresponde al 30.4% de las personas inscritas en la lista nominal". TEPJF

En el caso de Tepeojuma según el TEPJF, se reportaron irregularidades que no son reparables:

"Respecto a la elección de Tepeojuma, la Sala consideró adecuada la anulación que hizo el Tribunal local de diversas casillas, al haberse vulnerado la certeza del contenido de los paquetes electorales, irregularidades que no son reparables. Así, al haberse dejado sin efecto el 50% de las secciones del municipio y el 40 de las casillas instaladas, se supera el requisito legal para proceder a la anulación de la elección". TEPJF

En lo que respecta a la elección en  Tepanco de López y la resolución de anulación del tribunal luego que el candidato ganador presuntamente excediera los gastos de campaña, la Sala Regional Ciudad de México revocó la anulación:

"En una resolución previa, la Sala Regional revocó tal determinación del INE, motivo por el cual, el único sustento de la determinación reclamada dejó de tener efectos. En consecuencia, el efecto fue que subsistiera la declaración de la validez de la elección decretada por el Consejo Municipal, así como la expedición de las constancias de mayoría a la planilla que resultó ganadora y había sido postulada en común por los partidos Nueva Alianza y Compromiso por Puebla". TEPJF

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