Entrevista. Registro y prohibición de venta de animales en el DF

Dulce Juárez Cervantes, Uno TV Ciudad de México 26-05-2014 09:53

Dueños que no registren a sus mascotas serán sancionados con una multa económica.

Con el objetivo de frenar la proliferación de animales callejeros, principalmente de perros y gatos, fue aprobada la reforma a la de Ley de Protección de Animales en el Distrito Federal, la cual tiene que ver con la responsabilidad que implica el adquirir una mascota, así como con los derechos y obligaciones de los animales de compañía.

En entrevista para Uno TV, el coordinador del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) en la Asamblea Legislativa del DF, Jesús Sesma, informó que entre las modificaciones a la ley se encuentra el registro de animales y la prohibición de venta de animales en mercados y tianguis.

En el caso de los establecimientos que cuenten con permiso para la comercialización del ser vivo no humano, deberán tener un Programa de Bienestar Animal, el cual obliga a brindarles los cuidados de veterinaria mínimos, comida, que las jaulas donde son exhibidos sean amplias y que estén limpias, de no ser así el responsable será acreedor a una falta administrativa; además, si la mascota no se vende en un lapso máximo a cuatro meses, será retirada y puesta en adopción.

El diputado Sesma explicó que en el caso del registro, lo primero que tienen que hacer los dueños es acudir a una veterinaria particular o a una delegacional donde le será colocado un chip a la mascota en cualquier parte de su cuerpo, su costo es de 150 pesos y no es doloroso.

Después deberán llamar a Locatel (5658 11 11) y hacer el registro ya sea del perro o del gato, proporcionando los datos de identificación de la mascota (nombre, raza, sexo y tiempo de posesión del animal), información de carácter y comportamiento, características del pelo (color, tipo, longitud y cantidad), características físicas (tipo de nariz, talla, hocico, ojos, orejas, cola y señas particulares), vacunas, condición médica y medicación.

Finalmente, al dueño le será asignado un número de registro el cual deberá guardar y colocar en la placa de la mascota. Una vez que entren en vigor las modificaciones a la ley, los vendedores de mascotas tendrán que venderlos esterilizados y con chip.

Las personas que no registren a sus animales de compañía podrán ser sancionadas con una multa que va de 50 a 200 días de salario mínimo, el plazo para registrarlas es de un año a partir de que entren en vigor las reformas en julio de 2015.

Otras de las iniciativas de Ley de Protección Animal es la de hacer obligatorio que los perros porten sus correas en parques donde haya niños, esto con la finalidad de evitar accidentes.

En el caso de los perros y gatos callejeros, las delegaciones se encargarán de recogerlos y darlos en adopción.