Avanza en el Congreso la revocación de mandato ¿qué es?

El proceso de revocación de mandato se realizará el mismo día de la jornada electoral federal. Foto: Notimex

La Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados avaló este lunes en lo general y particular con 17 votos favor, cuatro en contra y dos abstenciones el dictamen de la iniciativa de reformas constitucionales para introducir la revocación de mandato.

El dictamen establece que el proceso de revocación de mandato se realizará el mismo día de la jornada electoral federal (la próxima será en 2021) en la que sólo se elijan diputados federales y podrá ser solicitada ante alguna de las Cámaras del Congreso de la Unión durante el primer periodo ordinario del segundo año de la legislatura.

¿En qué consiste la revocación de mandato?

La revocación de mandato es un mecanismo de democracia directa a través del cual el electorado puede votar para decidir si algún mandatario debe ser removido de su cargo antes de concluir su periodo original. 

  • El dictamen avalado indica que el cargo de presidente puede ser revocado en los términos establecidos en la Carta Magna.

Subraya que el presidente de la República podrá ser destituido por el pueblo mexicano una vez transcurrida la mitad de su mandato, a través de la consulta popular con carácter de revocación de mandato.

En caso de destitución del presidente, y una vez comunicado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación de manera oficial el resultado al Congreso, si se encontrase en sesiones, cuando menos las dos terceras partes del total de sus integrantes, se constituirá en Colegio Electoral y nombrará en escrutinio secreto y por mayoría absoluta de votos un presidente interino, de acuerdo con la ley del Congreso.

El Congreso expedirá dentro de los 10 días siguientes dicho nombramiento, y la convocatoria para la elección del presidente que deba concluir el periodo respectivo, en un plazo no mayor a seis meses ni menor de tres.

En el dictamen se especifica que los gobernadores de los estados no podrán durar en su encargo más de seis años. Las constituciones estatales establecerán que se realice la consulta de revocación del mandato en un proceso democrático para que los ciudadanos expresen su opinión sobre la permanencia o no del mandatario en su cargo, y se llevará a cabo en el tercer año del periodo para el cual fue electo.

Deja en claro que durante un periodo de gobierno sólo procederá una consulta sobre revocación del mandato y la legislación electoral local fijará los procedimientos para celebrarla.

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