Género no determina otorgar la guarda y custodia de un menor: SCJN

No es garantía que una mujer cumplirá mejor las responsabilidades que comprenden el cuidado de un menor. Foto: Cuartoscuro

La guarda y custodia de un menor debe ser otorgada bajo el principio de rector del interés superior del niño y no a partir de estereotipos de género, determinó la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

La SCJN agregó que, por ejemplo, el simple hecho de ser mujer no garantiza que se cumplirán de mejor manera las responsabilidades que se tienen al ser responsable de un menor de edad.

Un ejemplo

Se analizó un amparo directo en revisión, el 1958/2017: en éste, un juzgador otorgó la guarda y custodia de dos hermanas a su madre por el simple hecho de ser mujer y que, por ello, cumpliría de mejor manera las responsabilidades de atender a sus hijas durante su adolescencia, sin tomar en cuenta que ambos progenitores habían cometido actos de violencia familiar.

Los ministros determinaron que en estos casos los juzgadores deben analizar otros elementos para determinar el mejor escenario para el desarrollo integral de las menores, considerando factores de razonabilidad y libres de estereotipos de género.

Con esta resolución, el alto tribunal se aparta de las justificaciones que presumen que la mujer goza de mayor aptitud para el cuidado familiar. 

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