Hay nuevas disposiciones para la Tarjeta de Viaje para Persona de Negocios

Segob reforma su trámite y procedimientos. Foto: Notimex

La Secretaría de Gobernación (Segob) dio a conocer el acuerdo por el que se reforman y adicionan los Lineamientos para trámites y procedimientos migratorios del Capítulo XI, referente a la obtención de la Tarjeta de Viaje para Persona de Negocios del Foro de Cooperación Económica Asia-Pacífico (APEC).

Fue creado el Grupo de Movilidad de Personas de Negocios (BMG, por sus siglas en inglés), con el objeto de facilitar la movilidad de las personas de negocios en las economías participantes, para fomentar la inversión y el libre comercio en la región, destaca la dependencia en el documento publicado en el Diario Oficial de la Federación.

En el caso de Estados Unidos de América y de Canadá, que participan como miembros transitorios de APEC, únicamente permiten el ingreso por carriles preferenciales de los principales aeropuertos internacionales, por lo que sus portadores deben realizar el trámite convencional de visa ante las representaciones consulares de dichos países.

La ABTC puede expedirse previo cumplimiento de los requisitos, condiciones y procedimientos previstos en dicho Capítulo, al mexicano que sea persona de negocios y con ese carácter pretenda ingresar a las economías de la región de APEC con el propósito de realizar y/o explorar oportunidades de negocios, comercio o inversión.

El trámite para la obtención de la ABTC será definitiva, provisional y de reposición, y las que esté en proceso o pendiente de resolución a la fecha de entrada en vigor del presente Acuerdo, debe concluirse de conformidad con las disposiciones vigentes al momento en que el interesado ingresó dicho trámite. Lo anterior, salvo la vigencia de la ABTC que será de 5 años.

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