En una votación dividida, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó el Artículo 212 de la Ley de Movilidad Urbana de la capital del país, el cual establece que para realizar marchas y manifestaciones se deberá dar aviso por escrito a la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México 48 horas antes de presentarse.
"⬦ Esto se traduce en la obligación cívica de informar que voy a marchar a efecto de no perturbar a otros ciudadanos". Alberto Pérez Dayán/Ministro de la SCJN
Ciudadanía podrán anticipar marchas y tomar cartas en el asunto.
"... con la anticipación del aviso pueden evitar la misma (marcha) o, incluso, los propios servicios de seguridad, con pleno conocimiento que esto sucederá, prevenir todo lo necesario para evitar casos lamentables en situaciones de emergencias. Alberto Pérez Dayán/Ministro de la SCJN
Los ministros también validaron la prohibición a marchas y manifestaciones para ocupar vialidades primarias, entendidas por éstas las que tienen carriles confinados, de acceso restringido, con laterales y sin semáforos