Que no te multen, ve aquí si debes hacer declaración anual

Durante este mes de abril las personas físicas están obligadas a presentar su declaración anual de impuestos, correspondiente al ejercicio fiscal 2018, así lo informó el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

De incumplir con la declaración puedes llegar a recibir una multa de hasta 34,700 pesos informó el SAT.

La autoridad fiscal indica que la multas por incumplimientos relacionados con la presentación de la Declaración Anual van de:

  • Mil 400 a 17 mil 370 pesos por cada una de las obligaciones no declaradas de manera espontánea dentro del plazo correspondiente.
  • De mil 400 a 34 mil 730 pesos por cada obligación a que estés obligado, al presentar una declaración, solicitud, aviso o constancia, fuera del plazo señalado en el requerimiento o por incumplimiento de dicho requerimiento
  • De 14 mil 230 a 28 mil 490 pesos por no presentar las declaraciones por internet estando obligado a ello, presentarlas fuera del plazo o no cumplir con los requerimientos de las autoridades fiscales para presentarlas o cumplirlos fuera de los plazos señalados.
  • El SAT explica que tras recibir una multa y no cumplir dentro del plazo que se marca en el requerimiento se impondrá una multa adicional.

Además informó que puedes presentar la declaración con posterioridad y de existir un saldo a cargo debes pagar, además de tu impuesto determinado, la actualización y los recargos que en su caso procedan.

¿Quién debe presentarla?

De acuerdo con el SAT las personas físicas obligadas a presentar la Declaración Anual en abril son aquellas que obtuvieron ingresos por:

  • Por la prestación de servicios profesionales (honorarios).
  • Por rentar bienes inmuebles.
  • Por realizar actividades empresariales, excepto el Régimen de Pequeños Contribuyentes.
  • Por enajenar bienes.
  • Por adquirir bienes.
  • Por percibir salarios mayores a 400 mil pesos anuales o con ingresos adicionales a un único empleador.
  • Por intereses en condiciones especiales.
  • Deudas condonadas por el acreedor o pagadas por otra persona.
  • Inversiones en el extranjero.
  • Intereses moratorios.
  • Penas convencionales.
  • Préstamos, premios y donativos, que en lo individual o en su conjunto excedan de 600 mil pesos.
  • Herencias o legados por enajenación de casa habitación.

Tips para presentar tu declaración anual

  • Reconocer los gastos que son deducibles como gastos hospitalarios, honorarios médicos y colegiaturas
  • Tener a la mano tu Registro Federal de Contribuyentes (RFC) a 13 dígitos con homoclave
  • Tu contraseña, si no se tiene, hay que generarla o actualizarla
  • Nombre del banco y número de cuenta CLABE de 18 dígitos, solo en caso de tener saldo a favor

El SAT precisó que puedes presentar tu declaración anual ya sea mediante una cita o por internet. En el segundo caso, solo tienes que acceder al sitio web, donde te pedirán que captures tu RFC, contraseña e.firma portable.

Qué opinas