Senado aprueba, por unanimidad, Guardia Nacional; pasa a Cámara de Diputados

Como "histórico" calificaron senadores acuerdo sobre Guardia Nacional. Foto: Notimex

El pleno del Senado de la República aprobó, en lo general y lo particular, y por unanimidad, el dictamen que establece la creación de la Guardia Nacional.

El dictamen, votado a favor por 127 legisladores, será regresado a la Cámara de Diputados, para su discusión y aprobación.

¿Qué establece el dictamen?

El dictamen sobre la Guardia Nacional que se aprobará este jueves en el Senado, incluye ocho modificaciones centrales respecto al documento que se recibió, originalmente, de la Cámara de Diputados, entre las que destacan la temporalidad de cinco años y la adscripción civil.

Puntos clave de la Guardia Nacional: 

  • El mando de la Guardia será civil y la institución policial, adscrita al ramo de Seguridad Pública.
  • No habrá mando mixto, ni junta de jefes de estado mayor. Por el contrario, se establece una coordinación interinstitucional con las Fuerzas Armadas.
  • Se indica que entre los requisitos de los mandos de dirección se encuentran: no formar parte de las Fuerzas Armadas y que todos los elementos de éstas que pasen a la Guardia serán considerados como civiles.
  • Según el documento, el presidente podrá disponer de las Fuerzas Armadas durante cinco años, pero deberá hacerlo bajo parámetros de convencionalidad (normado, subordinado, complementario y fiscalizado) y deberá informar de sus actividades al Senado.
  • Se establece el fortalecimiento de las capacidades policiales de estados y municipios, con inversión de estados y federación, así como evaluación de metas.
  • El Ejército podrá estar hasta por cinco años en las calles, mientras se conforma la Guardia Nacional.
  • La Guardia Nacional no usará armas de uso exclusivo de las Fuerzas Armadas y se reglamentará el uso de la fuerza bajo estándares internacionales de proporcionalidad y excepcionalidad.
  • Las reformas propuestas consisten en no modificar el Artículo 13, como se pretendía; establecer en el Artículo 16 que los detenidos tendrán que ser entregados a autoridades civiles, y en el Artículo 21, que la Guardia Nacional será civil, disciplinada y profesional.

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