Servidores públicos no pueden bloquearte en redes, determina SCJN

El juicio de amparo 1249/2017 que presentó el periodista fue iniciado en octubre de 2017.Foto: Cuartoscuro

Durante la sesión de la Segunda Sala de la Suprema Corte Justicia de la Nación (SCJN), ministros determinaron que servidores públicos que cuentan con alguna cuenta en redes sociales para difundir sus actividades del día a día no pueden bloquear a otros usuarios para evitar recibir comentarios o críticas hacia su persona y sus publicaciones.

La SCJN indicó que en caso de que algún funcionario bloquee a otras personas bajo el argumento de proteger su derecho a la intimidad, se estaría violando el derecho a la libertad de expresión y el acceso a la información.

La resolución de la Corte no determina que el derecho a la privacidad de los servidores públicos deba ser limitado en todos los casos, pues existe un contenido mínimo de ese derecho que debe ser respetado.

Por ello, al resolver un amparo sobre dicho tema en el que se veían involucrados el fiscal general de Veracruz, Jorge Winckler, y un periodista, la Corte ordenó al servidor público desbloquear inmediatamente al comunicador en su cuenta de Twitter.

Lo anterior, toda vez que la sala del Alto Tribunal observó que los contenidos compartidos en la cuenta del fiscal en la red social tienen relevancia pública y es información de interés general.

  • El juicio de amparo 1249/2017 que presentó el periodista fue iniciado en octubre de 2017.

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