Inconstitucional, prohibición de solicitar divorcio antes de un año

La Suprema Corte determinó que se puede pedir el divorcio antes de cumplir un año de casados. Foto: Cuartoscuro

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró como inconstitucional el artículo que prohibía solicitar el divorcio antes de un año de casados.

Lo anterior luego de que un juez de lo familiar en la Ciudad de México determinó no dar trámite a la demanda de divorcio solicitada por un hombre, en virtud de que los cónyuges aún no cumplían un año de casados, por lo que interpuso un recurso de queja.

En su demanda, el quejoso impugnó la constitucionalidad del artículo 266 del Código Civil para la Ciudad de México al estimar que transgrede el derecho al libre desarrollo de la personalidad al imponer permanecer unido en matrimonio por al menos un año para poder solicitar el divorcio.

Al respecto, la Primera Sala determinó que la norma impugnada por el juez de lo familiar vulnera el derecho al libre desarrollo de la personalidad, toda vez que limita de manera desproporcionada el derecho que tienen las personas a decidir permanecer casadas.

Por ello, la Primera Sala concedió el amparo para poder divorciarse y que el juez de lo familiar vuelva a ocuparse del caso, cediendo la solicitud de divorcio.

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