"Teletrabajo" deberá contar con contrato y prestaciones: STPS

Actividades a domicilio se han convertido en nueva forma de organización. Foto: AP

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) informó que los empleados que presten un servicio personal subordinado a un patrón, incluido el trabajo a distancia, deberán contar con un contrato individual, recibir prestaciones y estar regidos por las normas generales de legislación laboral.

Las actividades laborales a domicilio se han convertido en una nueva forma de organización del trabajo, por lo que la dependencia federal se mantiene vigilante del cumplimento de la legislación en la materia, en salvaguarda de los derechos de los trabajadores contratados bajo ese esquema.

Artículos que te defienden

De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT) el Artículo 311 define esa actividad laboral como la que se ejecuta habitualmente para un patrón, en el hogar del trabajador o en un local libremente elegido por él, mediante el uso de tecnologías de la información y la comunicación, sin vigilancia ni dirección inmediata de quien proporciona el trabajo.

Aun y cuando en el Capítulo XII referido a Trabajo a Domicilio no se señale expresamente la regulación de las prestaciones, como vacaciones, prima vacacional, aguinaldo, conforme al Artículo 118 de la LFT, se rige también por las normas generales de la misma legislación. Todos los trabajadores que presten un servicio personal subordinado a un patrón deberán contar con un contrato individual de trabajo.

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