Dinero de cuentas inactivas no puede, constitucionalmente, utilizarse en tareas públicas

Alicia Salgado reflexiona en su videocolumna del día de hoy sobre la iniciativa sobre la expropiación de cuentas privadas inactivas en favor del gobierno, propuesta la semana antepasada por el coordinador de Morena, Ignacio Mier, y la diputada morenista del Estado de Morelos y presidenta de la Comisión de Seguridad, Juanita Guerra, y explica por qué no puede ser utilizado en tareas públicas.

“Presentaron [la iniciativa] al Pleno que caminó en ‘fast track’ y tuvo una aprobación impresionante, incluso de opositores. Morena, PT y Partido Verde, el PRI y el PAN también votaron a favor, e inclusive Movimiento Ciudadano”.

Salgado explica de qué se trata esta iniciativa y señala que “es la intención de expropiar ahorros acumulados por personas que tienen esa propiedad, pero que se han olvidado de su cuenta. Se les conoce como ‘cuentas inactivas‘ y están afectadas en un fideicomiso específico en cada banco”.

Según la experta, el monto total de esas cuentas asciende a 21 mil millones de pesos hasta el mes de septiembre pasado, de acuerdo con la información proporcionada por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

De acuerdo con la analista, si bien a este tipo de bienes se les llega a considerar como “bienes mostrencos”, que es cuando una propiedad es abandonada y algunos estados y la Federación se apropian de ella, en esta ocasión no es así.

Y es que, según Salgado, “lo que hicieron es que esos 21mil millones de pesos [de cuentas inactivas] lo consideraron un ‘fondito o un guardadito extrapresupuestal’ y la propuesta es que se vayan a fondear tareas de seguridad pública”

“50% de esos recursos irían a año con año a fondear la Guardia Nacional, 20% a los estados y 30% de los municipios”.

Sin embargo, Alicia Salgado deja claro que “los recursos provenientes de esas [‘cuentas inactivas’] no son fiscales, de tal manera que no deberían ir a fondear tareas de los estados o sea, tareas de la Federación de los Estados y los municipios”, ya que según dice, “esas tareas se financian con aportaciones que constitucionalmente se describen como contribuciones que pueden ser impuestos, derechos, aprovechamientos pero no necesariamente las cuentas de ahorro activas o inactivas”.

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