¿Cuándo pagan la pensión del IMSS de octubre de 2025? Esto dice el calendario

| 14:41 | Alberto Estrada | IMSS
La pensión del IMSS caerá el 1 de octubre. Foto: Cuartoscuro

Los pensionados del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), que pueden aumentar el monto de lo recibido, están por recibir un nuevo depósito.

El IMSS se rige por un calendario de pago y así quedan las fechas para el deposito que corresponde al próximo mes de octubre.

¿Cuándo depositan la pensión IMSS?

El próximo pago de pensión será depositado el miércoles 1 de octubre. El dinero será depositado en la cuenta bancaria registrada por cada persona durante su trámite de pensión.

En caso de que la pensión se pague a través de una Administradora de Fondos para el Retiro (Afore) o de una aseguradora, las condiciones de entrega dependen de lo establecido por esas instituciones.

En cuanto a los meses siguientes, el calendario oficial del instituto confirma las siguientes fechas:

  • 3 de noviembre de 2025
  • 1 de diciembre de 2025

El instituto reiteró que el pago de las pensiones, tanto de la Ley 73 como de la Ley 97, se realiza el primer día hábil de cada mes, sin importar si cae en fin de semana o día festivo.

¿Qué tipos de pensión existen si cotizas ante el IMSS?

El Instituto Mexicano de Seguro Social (IMSS) ofrece distintos tipos de pensión que responden a diferentes situaciones: edad, enfermedad, riesgos laborales o fallecimiento. Cada una tiene requisitos específicos y puede variar según tu régimen: Ley 73 o Ley 97.

Principales tipos de pensión que otorga el IMSS

Cesantía en edad avanzada

Aplica desde los 60 años. En la Ley 73 se requieren al menos 500 semanas cotizadas; en la Ley 97, un mínimo de 775 semanas (que aumentará progresivamente a 1,000 en 2031).

El monto se calcula con base en salario promedio y semanas (Ley 73) o en el saldo acumulado en la Cuenta Afore (Ley 97).

Pensión por vejez

Disponible a partir de los 65 años y bajo los mismos requisitos de semanas que la Cesantía. Es recomendable esperar a esta edad, ya que el monto de pensión suele ser más alto. Aplica tanto para Ley 73 como Ley 97.

Retiro anticipado

Solo aplica para personas bajo la Ley 97. Es posible acceder antes de los 60 años si el ahorro en la Afore permite contratar una renta vitalicia que supere en al menos 30% la Pensión Mínima Garantizada. También se debe cubrir el seguro de sobrevivencia.

Invalidez

Esta pensión aplica cuando el IMSS dictamina que la persona ha perdido al menos el 50% de su capacidad para trabajar, por causas ajenas al trabajo. Se requieren al menos 250 semanas cotizadas. Aplica en ambos regímenes.

Incapacidad permanente por riesgo de trabajo

En caso de sufrir un accidente o enfermedad relacionada con tu empleo, puedes acceder a esta pensión. Esta pensión se otorga sin requerir un mínimo de semanas cotizadas. El monto dependerá del grado de incapacidad determinado por el IMSS.

Pensión por viudez, orfandad o ascendientes

Cuando fallece una persona trabajadora activa o pensionada, sus personas beneficiarias pueden acceder a una pensión. La viudez aplica a cónyuges, concubina o concubinario; la orfandad a hijas o hijos menores de 16 años, o hasta los 25 si estudian; y los ascendientes, si dependían económicamente de la persona asegurada. Aplica en ambos regímenes.

Pensión mínima garantizada

Aplica únicamente para personas bajo la Ley 97. Si cumples con la edad (60 o 65 años) y las semanas mínimas, pero tu saldo en la Afore es insuficiente para financiar una pensión por Retiro Programado o Renta Vitalicia, el Estado te otorga un monto básico mensual y acceso a servicios médicos. Es una pensión financiada por el gobierno para asegurar que tengas un ingreso en tu retiro.

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