IMSS: quiénes aún pueden jubilarse con la Ley 73 y hasta cuándo

| 12:34 | José Pablo Espíndola | Uno TV
La Ley 73 del IMSS aún está vigente, pero solo para quienes cotizaron antes de 1997. Te contamos hasta cuándo aplica.
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La pregunta sobre la vigencia de la Ley 73 del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) es recurrente entre quienes están próximos a su retiro. La respuesta es clara: la Ley 73 no ha desaparecido, pero únicamente aplica para las personas que se registraron en el Seguro Social antes del 1 de julio de 1997.

Esto significa que todos aquellos trabajadores que se dieron de alta antes de esa fecha todavía podrán pensionarse bajo este régimen. En cambio, quienes comenzaron a cotizar a partir de julio de 1997 lo harán con base en la Ley 97, que funciona a través de cuentas individuales administradas por las Afores.

¿Hasta cuándo habrá pensiones con Ley 73?

Las últimas generaciones que podrán pensionarse con la Ley 73 lo harán en la década de 2040. Por ejemplo, si una persona inició su vida laboral el 30 de junio de 1997, a los 18 años, podrá pensionarse por Cesantía en Edad Avanzada en 2039, al cumplir entre 60 y 64 años. En caso de optar por la modalidad de Vejez, su retiro se daría hasta 2044, al alcanzar los 65 años de edad.

En otras palabras, será hacia mediados del 2040 cuando se otorguen las últimas pensiones bajo este régimen, y a partir de entonces todas las jubilaciones se harán conforme a la Ley 97.

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Los requisitos de la Ley 73

Para obtener una pensión bajo este régimen se deben cubrir algunos requisitos básicos: haber cotizado al menos 500 semanas, lo que equivale aproximadamente a 10 años de trabajo; encontrarse dentro del llamado período de conservación de derechos, que es equivalente a la cuarta parte del tiempo cotizado; y no tener empleo al momento de solicitar el beneficio.

La pensión se calcula con base en el salario promedio de las últimas 250 semanas cotizadas, es decir, los últimos cinco años de vida laboral. Dependiendo de la edad del trabajador, existen dos modalidades: Cesantía en Edad Avanzada, entre los 60 y 64 años, o Vejez, a partir de los 65.

En caso de elegir pensionarse antes de los 65, el monto será menor, ya que se calcula sobre un porcentaje de lo que correspondería si se esperara hasta la edad máxima.

Si no cumples con las semanas necesarias, el IMSS puede emitir una Resolución de Negativa de Pensión. En ese escenario, los recursos acumulados en la cuenta AFORE son entregados directamente al trabajador. Los fondos de los sistemas anteriores, como SAR IMSS 92 e INFONAVIT 92, solo se pueden retirar al cumplir 65 años.

¿Cómo tramitar la pensión?

El proceso para solicitar la pensión es relativamente sencillo. Primero, el interesado debe acudir a la Subdelegación del IMSS correspondiente para elaborar la solicitud. Después de recibir la resolución que indica bajo qué modalidad puede pensionarse, debe acudir a su AFORE para iniciar la disposición de recursos.

Entre los documentos básicos que se solicitan se encuentran: una identificación oficial, el estado de cuenta de la AFORE, un estado de cuenta bancario con CLABE y la resolución de pensión emitida por el IMSS. Una vez entregados, la AFORE tiene un plazo máximo de seis días hábiles para depositar el dinero en la cuenta bancaria del solicitante.

Así que la Ley 73 del IMSS sigue vigente, pero solo para quienes se registraron antes de 1997. Si bien no hay una fecha oficial de desaparición inmediata, será alrededor de 2044 cuando se otorguen las últimas pensiones bajo este esquema. A partir de entonces, todos los trabajadores estarán bajo la Ley 97.

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