¿No te ha llegado tu devolución del SAT? Prepárate para pedirla con estos documentos

Viviana cumplió en tiempo y forma con su declaración anual 2021. Desde que comenzó su vida profesional se pone a mano con el Sistema de Administración Tributaria (SAT) y le devuelven dinero; pero esta ocasión fue diferente.

“Normalmente, el SAT me devuelve y este año no fue así, el contador me dijo que tenía un saldo a favor; sin embargo, el SAT lo declinó”.

Viviana, contribuyente.

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De acuerdo con el presidente de la Asociación Mexicana de Contadores Públicos, existen varios motivos por los que el fisco puede negar una devolución.

“No estar dado de alta en Hacienda, haber dado suspensión de actividades, por lo cual el contribuyente al momento de meter su declaración nuevamente tiene que reactivar las actividades que él posee. Puede ser que cambio de estado de cuenta y cuando metió la declaración no anexó el estado de cuenta”.

José Jesús Rodríguez, presidente de la Asociación Mexicana de Contadores Públicos.

Pero el de Viviana no es un caso de incumplimiento, por lo que decidió pelear su devolución. Para casos como este, la Asociación Mexicana de Contadores Públicos recomienda:

  • Tener a la mano comprobantes fiscales, que, en este caso, son digitales.
  • Contar con la carátula de la cuenta bancaria del contribuyente
  • Demostrar que los gastos se realizaron con: débito, cheques o transferencia.

“En caso de que yo lo haya pagado en efectivo no es deducible, no cumple con requisitos fiscales”.

José Jesús Rodríguez.

Viviana explica que para este procedimiento su contador le pidió algunos documentos más.

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“Me pidió los documentos que se presentan ante el SAT como es la firma electrónica, la cédula de constancia fiscal y mi estado de cuenta, además de la declaración mensual y anual”.

Viviana, contribuyente.

¿Cuáles son las posibilidades de que el SAT devuelva el saldo a favor?

“Cuándo se cumple con todos los requisitos que la autoridad nos está exigiendo, se tiene el 100% de probabilidad de que se te devuelva”.

José Jesús Rodríguez, presidente de la Asociación Mexicana de Contadores Públicos.
  • Ojo: El tiempo que tiene el SAT para resolver es de 40 días para aclaraciones y el reclamo caduca hasta los 5 años de haber sido interpuesto.

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