SCJN: la IA no puede ser autora de obras; no cumple con los requisitos

| 20:30 | Marco Antonio Jiménez Arreola | UnoTV
SCJN dice que las IA no cumplen con los requisitos
SCJN dice que IA no cumple con los requisitos. FOTO: Getty Images | Shutterstock

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechaza registrar la autoría de una imagen creada con inteligencia artificial (IA), al resolver que las obras generadas de manera autónoma por sistemas digitales no cumplen con los requisitos de originalidad que establece la Ley Federal del Derecho de Autor (LFDA).

El caso inició en 2024, cuando un particular solicitó al Instituto Nacional del Derecho de Autor (Indautor) el registro de la obra digital “Avatar Virtual”, realizada en la plataforma de IA Leonardo. La petición fue rechazada bajo el argumento de que la autoría corresponde únicamente a personas físicas.

Buscaba registro sobre una imagen creada con IA

El interesado en registrar la imagen creada con IA impugnó la negativa ante la Sala Especializada en Propiedad Intelectual del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, al señalar que excluir la creatividad de la IA violaba los principios de igualdad, no discriminación y contravenía tratados internacionales como el T-MEC y el Convenio de Berna.

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Tras la confirmación de la Sala, promovió un juicio de amparo, el cual fue revisado por la Segunda Sala de la Suprema Corte.

Resolución de la SCJN

La SCJN concluyó que:

  • El derecho de autor es exclusivo de las personas físicas, derivado de su intelecto, sentimientos y experiencias
  • Una obra generada de manera autónoma por IA carece de originalidad bajo lo que establece la LFDA
  • Ni el T-MEC ni el Convenio de Berna reconocen a la inteligencia artificial como autora
  • Los artículos 12 y 18 de la LFDA son constitucionales, ya que restringir la autoría a humanos es razonable y acorde con tratados internacionales
  • El derecho a la igualdad no aplica a entes artificiales, pues no comparten las características de las personas
  • En propiedad intelectual rige el principio de territorialidad, lo que obliga a aplicar la legislación mexicana en solicitudes nacionales

Precedente en México sobra la IA

Con esta resolución, la Corte establece un precedente en materia de IA en el país:

  • Las obras creadas exclusivamente por IA no pueden registrarse bajo derechos de autor en México
  • Se mantiene el reconocimiento del derecho de autor como un derecho humano ligado únicamente a la creatividad humana

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La decisión fue aprobada por unanimidad por las ministras Yasmín Esquivel Mossa y Lenia Batres Guadarrama, y los ministros Alberto Pérez Dayán y Javier Laynez Potisek.

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