Juez desecha amparos de “pensionados dorados” contra reforma constitucional

Un juez federal desechó los primeros juicios de amparo promovidos por extrabajadores del Gobierno que buscaban frenar la reforma que eliminó las llamadas “pensiones doradas”, al considerar que este recurso no procede contra cambios a la Constitución. La resolución fue emitida por el Juzgado Cuarto de Distrito en materia Administrativa, a cargo del juez Ulises Oswaldo Rivera González.
¿Por qué se desecharon los amparos?
El juzgador fundamentó su decisión en el artículo 61 de la Ley de Amparo, el cual establece que:
- El juicio de amparo es improcedente contra adiciones o reformas a la Constitución
- No se puede impugnar la Carta Magna por esta vía legal
En ese sentido, el juez argumentó que la Constitución es una:
“Norma fundamental que no puede ser evaluada por ningún ente jurisdiccional a través de ninguna vía legal”
Argumentos de los quejosos
Los extrabajadores que promovieron los amparos señalaron presuntas:
- Violaciones a derechos humanos
- Afectaciones a sus prestaciones y pensiones
Sin embargo, el juez determinó que estos argumentos no pueden analizarse mediante amparo, debido a las limitaciones legales existentes.
¿Qué pueden hacer ahora los inconformes?
De acuerdo con la resolución:
- Los quejosos deberán recurrir a otros medios de defensa
- Pueden impugnar el fallo ante un tribunal colegiado
Este órgano tendrá la facultad de:
- Confirmar el desechamiento, o
- Revocar la decisión y analizar el fondo del asunto
¡¿Qué pasa con la eliminación de “pensiones doradas”?
La reforma constitucional impugnada forma parte de una política orientada a eliminar beneficios considerados excesivos en el sistema de pensiones de altos funcionarios.
El término “pensiones doradas” se utiliza para referirse a:
- Jubilaciones con montos elevados
- Prestaciones superiores al promedio del sector público
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