Revelan acusaciones contra escoltas de Carlos Manzo: cuánto podrían darles de prisión

Elementos federales y de la Fiscalía General del Estado de Michoacán detuvieron la tarde de ayer a los siete escoltas encargados de resguardar la seguridad de Carlos Manzo, alcalde de Uruapan asesinado el 1 de noviembre, por su probable participación en el delito de homicidio calificado, en comisión por omisión.
¿Cuál es la pena por el delito de homicidio calificado por omisión?
La pena por el delito de homicidio calificado por omisión depende de la legislación de cada estado de México; sin embargo, las penas por homicidio calificado generalmente oscilan entre 30 y 60 años de prisión. Esto se debe a que el homicidio calificado por omisión se castiga como un homicidio calificado, pero las penas exactas y las circunstancias que lo agravan varían según el código penal local.
En Michoacán, la ley penal no contempla una pena distinta para el “homicidio calificado por omisión” como categoría separada. El artículo 122 establece que el homicidio calificado se sanciona con 30 a 60 años de prisión, sin diferenciar si la conducta fue realizada por acción u omisión.
¿Quiénes son los escoltas detenidos?
Los arrestados, identificados como Omar, de 47 años; Alejandro, de 21; Mario Alberto, de 45; Guillermo, de 43; Demetrio, de 44; Omar Osvaldo, de 56; y Montserrat, de 23 años, fueron trasladados a Morelia y posteriormente ingresados al Centro de Readaptación Social David Franco Rodríguez, en el municipio de Charo.
La detención de los escoltas se presenta unos días después de la aprehensión de Jorge Armando Gómez Sánchez, alias “El Licenciado”, quien es señalado de ser el autor intelectual del asesinato de Carlos Manzo y principal operador del Cártel Jalisco Nueva Generación (CJNG).



