SAT aclara en qué casos debe reportarse un préstamo en la declaración anual 2025

Este mes de abril se realiza la declaración anual correspondiente al ejercicio fiscal 2025, proceso en el que las personas físicas deben reportar sus ingresos ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT). En este contexto, una de las dudas más frecuentes entre los contribuyentes es si existe la obligación de declarar los recursos obtenidos a través de préstamos.
¿Se deben declarar los préstamos en la declaración anual 2025?
La respuesta es que sí, pero sólo en determinados casos.
De acuerdo con disposiciones fiscales, los préstamos no se consideran ingresos acumulables, ya que se trata de recursos que deberán ser devueltos. Sin embargo, el SAT establece que estos montos sí deben informarse en la declaración anual cuando, en conjunto con otros conceptos como donativos o premios, superan los 600 mil pesos.
“Las personas físicas residentes en México están obligadas a informar, en la declaración del ejercicio, sobre los préstamos, los donativos y los premios, obtenidos en el mismo, siempre que éstos, en lo individual o en su conjunto, excedan de $600,000.00”
Artículo 90 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR).
En estos casos, los recursos deben registrarse como ingresos no acumulables, lo que significa que no generan carga fiscal, pero sí deben ser reportados para efectos de control y verificación por parte de la autoridad fiscal.
Si el monto de los préstamos no rebasa dicho límite durante el año, no existe obligación de incluirlos en la declaración anual.
Motivo por el que se debe informar
El SAT solicita el reporte de estos movimientos cuando superan el límite establecido para verificar el origen de los recursos. Esto permite evitar que los depósitos o transferencias sean considerados como ingresos adicionales sujetos a impuestos.
¿Qué pasa si no se reportan los préstamos?
En caso de no reportar préstamos que superen los 600 mil pesos, la autoridad fiscal puede requerir aclaraciones al contribuyente y solicitar documentación que respalde la naturaleza de dichos recursos.
Documentación para acreditar
Para comprobar que los recursos corresponden a un préstamo y no a ingresos, es necesario contar con documentación que respalde la operación. Entre los principales elementos se encuentran:
- Contrato de préstamo o mutuo
- Comprobantes de transferencia o depósito
- Registros de pagos o devolución del dinero
Estos documentos permiten acreditar que el recurso recibido tiene la obligación de ser devuelto, lo que lo excluye del cálculo del ISR.
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