Corte ordena aplicar 90% de pensión a padres bajo Ley 73

En una decisión histórica, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que la Ley del Seguro Social de 1973 vulnera el derecho a la igualdad al establecer porcentajes diferentes en el cálculo de las pensiones según el parentesco del beneficiario.
El fallo, emitido en 2023, otorgaba un 90% de pensión al cónyuge o concubino sobreviviente, pero solo 20% a los padres del trabajador fallecido, aun cuando dependieran económicamente de él.
Pensión IMSS Ley 73
La sentencia obliga al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) a reconocer el 90% de pensión a los padres que dependían económicamente del trabajador fallecido cuando no existan cónyuge, hijos o concubina con derecho a pensión. Este criterio modifica la interpretación aplicada durante décadas a la Ley del Seguro Social 1973, vigente para millones de trabajadores bajo el régimen de Ley 73. La decisión de la Corte crea un precedente obligatorio, lo que significa que los jueces y tribunales deberán aplicar este criterio en casos similares.
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Diferencias entre Ley 73 y Ley 97
Ley del Seguro Social 1973 (Ley 73 IMSS)
- 65 años al solicitar la pensión.
- Baja en el Régimen Obligatorio.
- Mínimo 500 semanas de cotización.
- Cotización previa al 1 de julio de 1997
- Encontrarse dentro del período de conservación de derechos, que será igual a la cuarta parte del tiempo cubierto por sus cotizaciones semanales, contando a partir de la fecha de su baja.
Ley del Seguro Social 1997 (Ley 97 IMSS)
- 65 años al presentar la solicitud.
- Baja en el Régimen Obligatorio.
- Mínimo 1,250 semanas de cotización.



