Monto de la Pensión Mínima del IMSS aumentará en 2026: conoce de cuánto será y quiénes podrán solicitarla

| 14:33 | Eduardo Ramírez Mendoza | UnoTV
Foto: Getty Images.

Para 2026, la Pensión Mínima Garantizada del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) tendrá un aumento, el cual corresponderá al Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi).

¿Cuánto aumentará la Pensión Mínima del IMSS en 2026?

En 2025, la Pensión Mínima se fijó en 9 mil 412 pesos, por lo que se prevé, de acuerdo a proyecciones económicas, que para 2026 pueda superar los 10 mil pesos

Es importante señalar que el monto se actualiza cada año en febrero, tomando en cuenta como referencia el Inegi y su INPC.

Para el próximo año se estima que el monto de la Pensión Mínima pueda llegar a oscilar entre 10 mil 300 y 10 mil 700 pesos mensuales, en función de la inflación proyectada y el posible ajuste del salario mínimo. 

Variables que definirán el monto de la Pensión Mínima del IMSS en 2026

Inflación e INPC

El ajuste de la pensión depende en gran medida del comportamiento del INPC: si la inflación anual es alta, el incremento también lo será.

Salario mínimo general

El salario mínimo influye porque la Pensión Mínima busca equivaler al estándar mínimo nacional. Un aumento del salario mínimo contribuiría a elevar el monto de pensión. 

¿Quiénes podrán solicitar la Pensión Mínima del IMSS?

Las personas que quieran recibir la Pensión Mínima tendrán que cumplir con las siguientes condiciones:

  • Estar afiliado al IMSS y haber cotizado bajo la Ley del Seguro Social.
  • Cumplir con la edad establecida para el retiro, dependiendo del régimen.
  • Acreditar el mínimo de semanas de cotización exigidas.

Estos elementos determinan si el trabajador puede solicitar este beneficio o si debe continuar acumulando semanas o ahorro para alcanzar otra modalidad de retiro.

El acceso a la Pensión Mínima varía según el régimen bajo el cual el trabajador haya cotizado:

  • Ley 73: Se requiere haber cotizado el número mínimo de semanas, además de cumplir con la edad marcada para retiro por cesantía o vejez.
  • Ley 97: Se debe contar con las semanas mínimas que establece la ley y con el saldo acumulado en la Afore; si el monto generado no es suficiente, aplica la pensión mínima garantizada como ingreso base.

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