Pensión del IMSS obligada a aumentar de 20% a 90% para padres por fallo de la SCJN en Ley 73

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha emitido un fallo histórico que beneficia a miles de familias en México, determinando que la Ley del Seguro Social de 1973 es desigual al calcular pensiones de beneficiarios.
Esta decisión obliga al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) a modificar la interpretación de la norma y aumentar el porcentaje de pensión que reciben los padres del trabajador fallecido que dependían económicamente de él.
El fallo de la Segunda Sala de la SCJN, emitido el 29 de noviembre de 2023, señala que la Ley del Seguro Social de 1973 vulneraba el derecho a la igualdad al establecer porcentajes diferentes entre los beneficiarios, pues los padres solo percibían el 20%, comparado con el 90% del cónyuge o concubino.
La Corte determinó que no existe justificación para que los padres del asegurado reciban un porcentaje tan bajo, equiparándolos con las pensiones por viudez.
¿Quiénes son los beneficiados directos con el 90%?
El fallo de la Suprema Corte obliga al IMSS a reconocer el 90% de la pensión para los ascendientes (padres del trabajador fallecido) siempre que no existan cónyuge, hijos o concubina con derecho a pensión. Es decir, los padres son los únicos beneficiarios de la pensión por supervivencia.
La SCJN precisó que la pensión no es una “concesión gratuita”, sino un derecho generado por las aportaciones laborales del trabajador, por lo que no debe haber distinción injustificada entre sus beneficiarios directos.
Ahora, jueces y tribunales están obligados a aplicar este criterio en todos los casos similares, garantizando que el IMSS acate el aumento de la pensión para los ascendientes regidos por la Ley de 1973.
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