Tras la salida de Rocha Moya, éstas son las claves del proceso para elegir a su sustituto

Tras 36 horas de haber retomado el cargo y en medio de las investigaciones derivadas de los señalamientos realizados por autoridades de Estados Unidos, el gobernador de Sinaloa, Rubén Rocha Moya, volvió a solicitar licencia para separarse de manera indefinida de sus funciones.
La nueva salida ocurre en un contexto de fuerte presión política, luego de que su regreso provocara cuestionamientos dentro y fuera de Morena. Ante este escenario, surge una nueva incógnita: ¿cómo se elegirá a la persona que asumirá la gubernatura de Sinaloa y cuánto tiempo podría permanecer en el cargo?
El Congreso tiene la última palabra
La Constitución Política del Estado de Sinaloa establece en su artículo 43 que corresponde exclusivamente al Congreso local elegir a la persona que sustituirá al gobernador, ya sea con carácter de interino o sustituto.
La designación se realiza mediante votación de los diputados presentes.
La última vez que Rocha Moya solicitó licencia, el Congreso nombró a Yeraldine Bonilla Valverde como gobernadora interina el 2 de mayo de 2026.
¿Qué ocurre cuando un gobernador pide licencia?
Las leyes estatales distinguen entre ausencias temporales cortas y prolongadas.
Cuando la ausencia es menor a 30 días, el despacho queda a cargo del secretario general de Gobierno. Sin embargo, cuando la separación supera ese periodo, el Congreso debe intervenir para designar a un gobernador interino.
Mientras se desarrolla el procedimiento legislativo, el Gobierno estatal continúa operando a través del encargado de despacho correspondiente para evitar un vacío de poder.
El primer paso es aprobar la licencia
Una vez presentada la solicitud formal de licencia, ésta debe ser recibida por el Congreso de Sinaloa.
Posteriormente, el documento es turnado a las comisiones legislativas correspondientes para revisar que cumpla con los requisitos legales.
Después se elabora un dictamen que es sometido al Pleno para su discusión y votación.
Al aprobarse la licencia, la ausencia del gobernador queda formalmente reconocida por el Poder Legislativo.
¿Interino o sustituto?
La respuesta depende del momento del sexenio en que ocurre la separación.
En el caso de Sinaloa, la licencia se presenta dentro de la segunda mitad del mandato constitucional, por lo que el Congreso tiene la facultad de nombrar directamente a un gobernador sustituto que concluya el periodo original.
Esto significa que no sería necesario convocar a una elección extraordinaria para definir quién ocupará el cargo.
El nuevo mandatario tendrá todas las facultades
La persona designada por el Congreso asumirá las atribuciones establecidas en el artículo 65 de la Constitución estatal.
Es decir, contará con las mismas facultades y obligaciones que un gobernador constitucional para ejercer el cargo hasta que concluya el periodo correspondiente.
Una vez realizada la votación, el nuevo titular del Ejecutivo estatal deberá rendir protesta ante el Congreso y el nombramiento será publicado en el Periódico Oficial del Estado para entrar en vigor de manera inmediata.
¿Quién podría gobernar hasta 2027?
Por ahora no existe una propuesta oficial sobre quién ocupará la gubernatura.
Lo que sí establece la legislación es que la decisión recaerá en el Congreso de Sinaloa, dominado por Morena y sus aliados, por lo que la negociación política dentro de esa mayoría será clave para definir a la persona que encabezará el Gobierno estatal hasta la siguiente elección.
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