Entrega de agua a EE. UU.: ¿Cambian las obligaciones del Tratado de 1944 si hay sequía o lluvias intensas?

El Tratado de Aguas de 1944 entre México y EE. UU. mantiene vigentes las obligaciones de entrega de agua aun cuando existan condiciones de sequía o temporadas de lluvias intensas, aunque el propio acuerdo contempla mecanismos de ajuste técnico para enfrentar escenarios extraordinarios.
El tratado, firmado el 3 de febrero de 1944, establece que México debe entregar a Estados Unidos una tercera parte del escurrimiento proveniente de seis tributarios del Río Bravo, equivalente a un promedio anual de 431.7 millones de metros cúbicos, contabilizados en ciclos de cinco años.
De acuerdo con el texto oficial del acuerdo administrado por la Comisión Internacional de Límites y Aguas, las condiciones climáticas no eliminan la obligación jurídica.
Sin embargo, el mismo tratado prevé que, en casos de “sequía extraordinaria”, los faltantes que no puedan cubrirse dentro de un ciclo quinquenal puedan reponerse durante el siguiente periodo.
¿Qué pasa con el Tratado de 1944 cuando hay sequía?
Durante 2025, México enfrentó dificultades para cubrir la cuota correspondiente al ciclo 2020-2025 debido a la falta de lluvias en estados del norte del país.
Ante este escenario, el Gobierno de México y el de EE. UU. acordaron medidas técnicas para administrar el agua disponible en la cuenca del Río Bravo.
La Secretaría de Relaciones Exteriores informó que las entregas se realizarían considerando las condiciones hidrológicas de la región y priorizando el consumo humano y la producción agrícola nacional.
El tratado no suspende las obligaciones por sequía, pero sí permite flexibilidad operativa mediante mecanismos técnicos desarrollados por la CILA.
Entre estos mecanismos se encuentran las actas binacionales que permiten ajustar calendarios y estrategias de transferencia de agua conforme a la disponibilidad real del recurso.
Lluvias intensas pueden acelerar entregas de agua
Especialistas y autoridades coinciden en que una temporada de lluvias favorable tampoco modifica el tratado ni las cuotas establecidas desde 1944.
No obstante, mayores precipitaciones sí pueden incrementar la disponibilidad de agua en presas y afluentes del norte del país, facilitando el cumplimiento de los compromisos internacionales o la reducción de adeudos acumulados.
El factor clave para las entregas no es el nivel del Sistema Cutzamala, que abastece principalmente al centro del país, sino la recuperación de presas y tributarios vinculados con el Río Bravo.
Entre los puntos relevantes para el cumplimiento del tratado destacan:
- Río Conchos
- Presa La Amistad
- Presas internacionales en la frontera norte
- Afluentes ubicados en Chihuahua, Coahuila, Nuevo León y Tamaulipas
CILA aplica mecanismos técnicos para administrar el agua
La Comisión Internacional de Límites y Aguas opera mecanismos de coordinación entre ambos países para administrar las entregas conforme a las condiciones climáticas.
Las actas técnicas emitidas por la comisión permiten establecer esquemas de distribución, almacenamiento y transferencias extraordinarias cuando existen condiciones de escasez o recuperación hídrica.
En años con baja disponibilidad de agua, ambos gobiernos han recurrido a planes emergentes para asegurar el abastecimiento humano y agrícola, mientras se mantiene el cumplimiento gradual del tratado.
Conagua monitorea condiciones de sequía en el norte del país
La Comisión Nacional del Agua publica semanalmente el Monitor de Sequía, herramienta que da seguimiento a las condiciones hídricas en estados clave para el cumplimiento del tratado.

Las regiones con mayor seguimiento son:
- Chihuahua
- Coahuila
- Nuevo León
- Tamaulipas
El Gobierno de México reiteró en abril que mantiene vigente su compromiso con el Tratado de 1944 y que las entregas de agua a EE. UU. se realizarán conforme a la disponibilidad del recurso y al respeto del derecho humano al agua.
En ese contexto, las lluvias intensas pueden mejorar la capacidad operativa para cumplir con las entregas, pero no modifican las obligaciones jurídicas establecidas en el acuerdo bilateral.
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