Menos trabas para la pensión de viudez: así cambia el trámite ante el IMSS tras fallo de la SCJN

Tramitar la pensión de viudez ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) tiene menos requisitos gracias a un fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que consideró que algunos eran discriminatorios, haciendo el trámite más sencillo.
¿Cuál fue el requisito que consideró discriminatorio la SCJN?
De acuerdo con la determinación oficial, el IMSS ya no podrá pedir que el matrimonio durara, como mínimo, seis meses. El fallo destaca que eso es una violación al principio de igualdad.
“En artículo de la Ley de Seguridad Social que establece el tiempo mínimo de seis meses de vínculo matrimonial para otorgar una pensión es inconstitucional, porque viola el principio de igualdad y es una medida discriminatoria. Cualquier poder público debe dar el mismo trato a todas las personas que se encuentren en una situación similar”, explica la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
La decisión de eliminar el requisito del tiempo mínimo del matrimonio se da luego de un amparo solicitado por una mujer a la que el IMSS no quería otórgale la pensión. La resolución consta en el Amparo en revisión 470/2023.
¿Qué se necesita para solicitar la pensión de viudez?
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De acuerdo con el portal del IMSS, para solicitar la pensión de viudez es necesario que el asegurado haya tenido un mínimo de 150 semanas de cotización, encontrándose vigente en sus derechos. En caso de que se trate del Seguro de Riesgos de Trabajo, no se requiere de dicho periodo de cotización.
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