Modalidad 40 del IMSS: quién puede inscribirse y qué revisar antes de pagar

| 00:08 | Ángel Sánchez | Uno TV
Modalidad 40 del IMSS: quién aplica y cómo saber si conviene. Foto: Cuartoscuro

Las personas que fueron dadas de baja del Instituto Mexicano del Seguro Social todavía pueden seguir cotizando mediante la llamada Modalidad 40, un esquema que permite aumentar semanas cotizadas y mejorar el monto de la pensión para el retiro.

La Modalidad 40 del IMSS, conocida oficialmente como Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio, está dirigida a trabajadores que ya no tienen una relación laboral formal, pero quieren mantener activos ciertos derechos pensionarios. El trámite puede hacerse en línea o directamente en una subdelegación del instituto.

Modalidad 40 del IMSS, ¿quién puede solicitarla?

La Modalidad 40 permite continuar realizando aportaciones al IMSS después de haber sido dado de baja por un patrón.

Uno de sus principales beneficios es que la persona puede elegir el salario con el que desea cotizar, siempre que no supere el límite permitido de 25 UMA. Esto puede influir directamente en el monto final de la pensión.

El esquema aplica para los seguros de:

  • Invalidez y vida
  • Retiro
  • Cesantía en edad avanzada
  • Vejez

Sin embargo, el programa no incluye atención médica. En esos casos, el IMSS permite contratar por separado el Seguro de Salud para la Familia.

La continuación voluntaria puede ser solicitada por:

  • Personas dadas de baja del régimen obligatorio
  • Representantes autorizados mediante carta poder

Además, quienes fueron suspendidos por falta de pago pueden reingresar si regularizan sus cuotas dentro de los siguientes 12 meses.

¿Qué revisar antes de pagar este esquema?

Entre las variables que se encuentran para conocer si te contiene o no pagar este esquema, se encuentra principalmente tres aspectos importantes:

  • Número de semanas cotizadas en el IMSS
  • Edad de retiro
  • Último salario

¿Cómo tramitar la Modalidad 40 del IMSS en 2026?

El trámite puede realizarse desde el portal oficial del IMSS. Si deseas realizarlo en línea, ten en cuenta que necesitas lo siguiente:

  • CURP
  • Número de Seguridad Social (NSS)
  • Correo electrónico

Después, el usuario debe buscar el trámite “Solicitud de inscripción en la continuación voluntaria en el régimen obligatorio”.

En modalidad presencial, el interesado debe acudir a la subdelegación del IMSS de lunes a viernes entre las 8:00 y las 15:30 horas. Los documentos solicitados son:

  • Identificación oficial vigente
  • Comprobante de domicilio
  • Escrito libre con firma autógrafa
  • CURP
  • NSS
  • Correo electrónico

El IMSS recordó que las cuotas deben pagarse por adelantado y antes del día 17 de cada mes.

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