Si pensabas faltar al trabajo el 6 de enero, cuidado: esto dice la ley sobre el Día de Reyes

| 13:39 | José Pablo Espíndola | Uno TV
El 6 de enero no es descanso obligatorio según la LFT; la jornada es normal y no aplica pago triple.
Foto. Cuartoscuro

Si te preguntas si el 6 de enero, Día de Reyes, es descanso obligatorio en México, la respuesta es clara: no lo es. De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT), esta fecha no está considerada como día de descanso obligatorio, por lo que la jornada laboral es normal y no se paga triple, informó la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet).

La Profedet recordó en redes sociales que el Día de Reyes no es un día festivo oficial, conforme a los artículos 74 y 75 de la LFT, lo que significa que los trabajadores deben laborar de manera habitual, sin pago adicional, salvo que exista un acuerdo distinto con el empleador.

“¡A los Reyes Magos! Se les recuerda que el Día De Reyes no es un día de Descanso Obligatorio. Si tienen dudas, acérquense a PROFEDET”, publicó la dependencia.

¿Cuándo sí aplica el pago triple según la LFT?

El pago triple solo aplica cuando se labora en un día de descanso obligatorio oficial, listado en el artículo 74 de la LFT. Entre ellos están:

  • 1 de enero
  • 1 de mayo
  • 16 de septiembre
  • 25 de diciembre
  • Cambios del Poder Ejecutivo Federal

En esos casos, si el trabajador labora, tiene derecho a su salario normal más el doble, según el artículo 75.

¿Puedo descansar el 6 de enero?

Sí, pero solo si el empleador lo concede de manera voluntaria o existe un acuerdo interno, contrato colectivo o política de la empresa.

En ese escenario, no es obligación legal, sino una decisión patronal.

La Profedet recordó que ante cualquier duda laboral, los trabajadores pueden comunicarse al 079, línea del Gobierno de México, para recibir orientación gratuita.

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