Buzón Tributario SAT: cuándo es obligatorio y desde cuándo habrá multas

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) recordó que las personas físicas y morales inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) deben habilitar su Buzón Tributario y mantener actualizados sus medios de contacto, como parte de sus obligaciones fiscales.
El Buzón Tributario es el canal oficial de comunicación entre el SAT y los contribuyentes, a través del cual se notifican actos administrativos, requerimientos y mensajes relacionados con trámites fiscales.
De acuerdo con el propio SAT, no basta con activar el Buzón, sino que también es obligatorio registrar y validar al menos un correo electrónico y un número telefónico, los cuales deben mantenerse vigentes.
¿Habrá multas por no activar el Buzón Tributario?
El Código Fiscal de la Federación establece que no habilitar el Buzón Tributario, no registrar medios de contacto o no mantenerlos actualizados puede derivar en multas que van de 3 mil 850 a 11 mil 540 pesos, conforme a los artículos 86-C y 86-D.
Sin embargo, el SAT aclaró que, conforme a la Resolución Miscelánea Fiscal vigente, la aplicación de sanciones se prorroga hasta el 1 de enero de 2027, por lo que durante todo 2026 no se impondrán multas por este motivo.
“El objetivo es que las y los contribuyentes tengan tiempo suficiente para cumplir con esta obligación sin ser sancionados”, ha señalado el organismo recaudador en su portal oficial.
Otras consecuencias por incumplir con el Buzón Tributario
Además de las multas económicas, el SAT advirtió que si los medios de contacto registrados no son correctos o no están activos, la autoridad fiscal puede restringir temporalmente el Certificado de Sello Digital (CSD).
Este certificado es indispensable para emitir facturas electrónicas, por lo que una restricción puede afectar directamente la operación de personas físicas con actividad empresarial y de empresas.
En caso de restricción, el contribuyente debe presentar una aclaración ante el SAT dentro de los plazos establecidos para evitar que el certificado pierda validez.
Requisitos para habilitar el Buzón Tributario
Para activar el Buzón Tributario, el SAT solicita:
- RFC y contraseña o e.firma vigente
- Un número telefónico celular
- Hasta cinco correos electrónicos válidos
El trámite se realiza en línea, a través del portal oficial del SAT.
¿Dónde pedir orientación?
El SAT puso a disposición de la ciudadanía el número telefónico 55 6272 2728, con atención de lunes a viernes, de 9:00 a 18:00 horas, así como su portal electrónico, para resolver dudas sobre el Buzón Tributario y otras obligaciones fiscales.



