Jubilación ISSSTE: conoce la nueva edad para retirarse en 2026

El Gobierno de México, a través de la presidenta Claudia Sheinbaum, publicó el 24 de junio de 2025 en el Diario Oficial de la Federación (DOF) un Decreto que modifica la edad de jubilación para quienes cotizan bajo el régimen Décimo Transitorio del ISSSTE.
El ajuste aplica únicamente a las personas que cotizaban al ISSSTE antes de la reforma de 2007 y que no eligieron migrar al sistema de cuentas individuales o AFORE. Estas personas conservan el régimen del Décimo Transitorio, que permite pensionarse por edad y tiempo de servicio.
Jubilación ISSSTE y régimen Décimo Transitorio
La Ley del ISSSTE establece que, bajo el régimen del Décimo Transitorio, los requisitos básicos para acceder a la pensión por edad y tiempo de servicio son:
- 30 años de cotización para hombres
- 28 años de cotización para mujeres
Además de los años de servicio, se debe cumplir con una edad mínima que, antes del decreto, aumentaba de forma progresiva con el paso de los años.
El decreto modificó ese esquema y estableció una reducción gradual de la edad mínima para la jubilación dentro del régimen del Décimo Transitorio.
Jubilación temprana: nuevas edades oficiales
Con el decreto, la edad mínima para la jubilación temprana queda de la siguiente manera:
| Año | Trabajadoras (vigente) | Trabajadoras (con reforma) | Trabajadores (vigente) | Trabajadores (con reforma) |
|---|---|---|---|---|
| 2026 | 57 | 56 | 59 | 58 |
| 2027 | 57 | 56 | 59 | 58 |
| 2028 | 58 | 55 | 60 | 57 |
| 2029 | 58 | 55 | 60 | 57 |
| 2030 | 58 | 55 | 60 | 57 |
| 2031 | 58 | 54 | 60 | 56 |
| 2032 | 58 | 54 | 60 | 56 |
| 2033 | 58 | 54 | 60 | 56 |
| 2034 en adelante | 58 | 53 | 60 | 55 |
Estas edades aplican siempre que también se cumpla con los años mínimos de servicio: 28 para mujeres y 30 para hombres.
¿Quiénes sí y quiénes no pueden acceder?
La jubilación temprana bajo el Décimo Transitorio solo es válida para quienes:
- Cotizaban al ISSSTE antes de 2007
- No aceptaron bonos de pensión
- No migraron al sistema de cuentas individuales o AFORE
Las personas que eligieron cuentas individuales continúan sujetas a las reglas de pensión por cesantía en edad avanzada o vejez previstas en la Ley del ISSSTE, sin los beneficios del esquema de edad y tiempo de servicio del régimen transitorio.



