Pensión por ascendencia: la SCJN abre la puerta a más beneficiarios

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó durante una sesión ampliar el grupo de personas que pueden heredar la pensión otorgada por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), busca incluir a más familiares y dependientes económicos del asegurado fallecido.
La SCJN reconoció que el acceso a la seguridad social no puede sólo limitarse a familiares directos según el parentesco tradicional.
Qué cambió en las reglas del IMSS para otorgar pensiones
La Suprema Corte invalidó el artículo del Reglamento de Jubilaciones y Pensiones del IMSS que restringe el acceso a la pensión por ascendencia únicamente a padres, abuelos y bisabuelos por línea de parentesco tradicional.
De acuerdo con el criterio aprobado, esta limitación no es compatible con el derecho a la seguridad social ni con el reconocimiento de estructuras familiares diversas.
Con esta determinación, el IMSS deberá ajustar sus criterios de evaluación para los trámites de pensión en todo el país, a fin de considerar no solo el parentesco, sino también la relación real que existía entre el trabajador fallecido y la persona solicitante.
¿Quiénes pueden heredar la pensión del IMSS tras el fallo ?
La SCJN establece que ahora podrán acceder a la pensión familiares que comprueben haber cumplido con el rol de haber brindado cuidados, asistencia mutua o que son dependientes económicos del asegurado fallecido.
El cambio se dio por el caso de una mujer que era tía de un trabajador fallecido, quien cuidó y crió a su sobrino desde su infancia y quien dependía de él económicamente en sus últimos años de vida. El IMSS le negó la pensión por no ser un familiar directo.
La SCJN precisó que el acceso a la seguridad social no puede limitarse únicamente al parentesco tradicional, sino que debe atender a la realidad de las relaciones de cuidado, afecto y asistencia.
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