SCJN pone fin al pago doble de pensión: ¿Quiénes dejarán de recibirlo y por qué?

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció que las personas que ya reciben una pensión del Régimen de Jubilaciones y Pensiones (RPJ) del IMSS no pueden obtener otra pensión por vejez o cesantía al mismo tiempo.
La SCJN determinó que el Régimen de Jubilaciones y Pensiones del IMSS ya cubre el riesgo de vejez, por lo que otorgar además la pensión legal implicaría una duplicidad injustificada.
¿Por qué ya no se puede cobrar pensión doble?
La Corte determinó que la pensión por años de servicio del RJP del IMSS tiene un carácter extralegal, es decir, ofrece beneficios superiores a los mínimos establecidos en la ley, al incorporar de manera integral diversas coberturas, entre ellas:
- Invalidez
- Riesgos de trabajo
- Edad avanzada y vejez
- Ayudas asistenciales
Al analizar los casos presentados, los ministros concluyeron que permitir dos depósitos simultáneos, derivados del mismo vínculo laboral y del mismo riesgo protegido, contraviene el principio de no duplicidad en materia de seguridad social.
Este razonamiento llevó a concluir que no se pueden cobrar al mismo tiempo el RJP y la pensión de vejez del IMSS, aunque sean diferentes.
¿Quiénes están directamente afectados?
Los principales afectados por este criterio son los casos en los que existe duplicidad de prestaciones.
En particular, se trata de trabajadores del IMSS que se jubilaron bajo el Régimen de Jubilaciones y Pensiones (RJP) y que, además de esta jubilación, solicitaron una pensión por cesantía en edad avanzada o por vejez con base en cotizaciones previas a otros patrones.
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