¿Cuáles son las multas por dejar a tu mascota o hijos en el coche bajo el sol en CDMX?

| 12:00 | J.L. Márquez | Uno TV
Perros niños coche
Hay multas por dejar a los perros en los vehículos. Foto: Getty Images

¿Alguna vez te has preguntado si hay una multa en la Ciudad de México por dejar solos en el coche a los niños o perros bajo el intenso calor? En Unotv.com te decimos qué dicen las leyes capitalinas al respecto.

¿Se castiga a las personas que dejan a los perros solos bajo el intenso calor?

En la Ciudad de México no existe una multa específica por dejar solos en el coche a los perros o mascotas bajo el intenso sol, aunque la Ley de Protección y Bienestar de los Animales de la Ciudad de México menciona que se consideran actos de crueldad y maltrato animal “todo hecho, acto u omisión que pueda ocasionar dolor, sufrimiento, poner en peligro la vida del animal o que afecten el bienestar animal”.

Bajo esta ley se podría sancionar el dejar a los “lomitos” en el coche. El Código Penal de la CDMX señala que la persona “que realicen actos de maltrato o crueldad en contra de cualquier especie animal no humana, causándole lesiones de cualquier tipo sin que pongan en peligro la vida del animal, se le impondrá de seis meses a dos años de prisión y de cincuenta a cien días multa”.

¿Hay multa en la CDMX por dejar a los niños en el coche bajo el sol?

En la CDMX tampoco se sanciona a las personas que dejan solos a los niños en el coche bajo el intenso sol, aunque el Código Penal castiga “a quien por acción u omisión, ejerza cualquier tipo de violencia física, psicoemocional, sexual, económica, patrimonial o contra los derechos reproductivos, que ocurra o haya ocurrido dentro o fuera del domicilio o lugar que habite, en contra de (…) el pariente consanguíneo en línea recta ascendente o descendente sin límite de grado, o el pariente colateral consanguíneo o afín hasta el cuarto grado”.

La sanción es “de uno a seis años de prisión, pérdida de los derechos que tenga respecto de la víctima incluidos los de carácter sucesorio, patria potestad, tutela y alimentos, y se decretarán las medidas de protección conforme a lo establecido por este Código y la legislación de procedimientos penales aplicable”.

¿Qué se sanciona en la CDMX?

El artículo 39 del Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México menciona que los pasajeros menores de 12 años de edad o que midan menos de 1.45 metros de altura deberán viajar en la parte trasera del vehículo. La multa es equivalente a 5, 7 o 10 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente (585.55 pesos, 821.17 pesos y mil 173.1 pesos, respectivamente, de acuerdo con el valor de la UMA en 2026).

Por otra parte, el artículo 38 prohíbe a los conductores “sostener, cargar o colocar personas o animales entre sus brazos y piernas”. La multa es de 10, 15 o 20 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente (mil 173.1 pesos, mil 759.65 pesos y 2 mil 346.2 pesos, respectivamente, de acuerdo con el valor de la UMA en 2026).

Sigue a Uno TV en Google Discover y consulta las noticias al momento