Michoacán abre la puerta a candidatos sin carta de antecedentes penales

| 17:17 | Sergio Iván González | Uno TV
Congreso de Michoacán elimina carta de antecedentes penales para candidatos
Carta de antecedentes ya no es requisito electoral. Foto: Cuartoscuro

El Congreso de Michoacán abrió la puerta al registro de candidatos sin carta de antecedentes penales. Con una reforma al Código Electoral del Estado, propuesta por la diputada Diana Espinoza Mercado, este documento deja de ser un requisito obligatorio para participar en elecciones locales.

La legisladora del Partido del Trabajo argumentó que la medida elimina lo que calificó como “una simulación normativa”, al tiempo que mantiene los filtros legales que realmente determinan la elegibilidad de los aspirantes. Además, recordó que los máximos tribunales del país ya han considerado inconstitucional exigir este documento.

Congreso de Michoacán elimina requisito del Código Electoral

La reforma aprobada por mayoría deroga el artículo 189 del Código Electoral estatal, que obligaba a los aspirantes a cargos públicos a presentar una carta de no antecedentes penales para registrarse como candidatos.

Durante la discusión, Espinoza Mercado defendió que retirar este requisito no implica relajar los controles sobre quienes buscan competir por un cargo público.

“Derogar la carta de antecedentes penales no abre la puerta a la delincuencia; lo que hace es eliminar un requisito que los máximos tribunales del país ya consideraron inconstitucional y, además, ineficaz para acreditar la elegibilidad”, sostuvo.

Suprema Corte ya consideró inconstitucional exigir el documento

La reforma retoma criterios establecidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que resolvió la acción de inconstitucionalidad 133/2022.

En esa sentencia, el máximo tribunal determinó que exigir cartas de antecedentes penales para competir en elecciones vulnera derechos político-electorales, particularmente el derecho de la ciudadanía a ser votada.

Según el fallo, este requisito puede afectar a personas que no tienen una sentencia condenatoria, lo que contraviene el principio de presunción de inocencia.

Reforma busca reforzar presunción de inocencia en candidaturas

Durante el debate legislativo, los impulsores de la reforma señalaron que el cambio busca fortalecer los derechos político-electorales de la ciudadanía y evitar restricciones que no estén sustentadas constitucionalmente.

El diputado Antonio Carreño Sosa, de Movimiento Ciudadano, explicó que la carta de antecedentes no garantiza por sí misma que una persona sea culpable de un delito.

“La carta de no antecedentes penales no define si la persona que tiene antecedentes está sentenciada o no; una persona puede tener antecedentes sin ser culpable y, por tanto, seguir siendo inocente”, señaló.

Con esta modificación, el Congreso estatal sostiene que se eliminan requisitos considerados decorativos, mientras permanecen vigentes los mecanismos legales que regulan quién puede competir en los procesos electorales locales.

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