Suprema Corte ordena al IMSS pagar pensión de la Ley del 73 a estas mujeres

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) obligó al IMSS a eliminar el requisito de tiempo mínimo de matrimonio o concubinato para otorgar la pensión por viudez. Con este fallo, ya no será necesario acreditar seis meses de matrimonio para acceder al beneficio bajo la Ley del Seguro Social de 1973 (Ley 73).
La resolución beneficia principalmente a esposas y concubinas que antes quedaban fuera por no cumplir con el plazo exigido al momento del fallecimiento del asegurado o pensionado.
IMSS deberá otorgar pensión Ley 73
La SCJN determinó que condicionar la pensión de viudez IMSS a la duración del matrimonio o concubinato es discriminatorio y viola el principio de igualdad.
“La norma viola el principio de igualdad, ya que cualquier autoridad debe dar el mismo trato a todas las personas que estén en condiciones similares”, señaló el máximo tribunal.
Con este criterio, el IMSS deberá otorgar la pensión sin tomar en cuenta cuánto duró la relación, siempre que se cumplan los requisitos generales establecidos en la ley.
¿Quiénes pueden acceder ahora a la pensión de viudez?
De acuerdo con el IMSS, pueden solicitar la pensión por viudez:
- Esposa o esposo
- Concubina o concubinario
El derecho procede cuando la persona fallecida haya sido asegurada o pensionada y se acrediten las condiciones legales vigentes. El cambio clave es que ya no será obligatorio comprobar un mínimo de seis meses de matrimonio ni un tiempo determinado de concubinato.
¿Cómo tramitar la pensión tras el fallo de la SCJN?
La solicitud debe realizarse en las oficinas del Instituto o a través de sus canales oficiales. Se deberán presentar los documentos que acrediten el vínculo y la calidad de asegurado o pensionado de la persona fallecida.
Con esta modificación, el acceso a la pensión de viudez IMSS se amplía a más mujeres y hombres que dependían económicamente del titular y que antes no podían acceder al beneficio por no cumplir el plazo mínimo.
El criterio de la SCJN ya es obligatorio, por lo que el IMSS deberá aplicarlo en todo el país.
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