CURP Biométrica: quiénes pagarían multa si no cumplen con el registro

La CURP Biométrica en México puede generar una multa, pero no para los ciudadanos. De acuerdo con el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), las sanciones aplican únicamente para autoridades e instituciones que no cumplan con las nuevas disposiciones sobre este documento oficial.
La actualización de la Clave Única de Registro de Población (CURP) ahora incluye datos biométricos, es decir, información única como huellas o rasgos físicos que permiten confirmar la identidad de cada persona. El trámite ya puede realizarse en algunos Registros Civiles del país.
“La Clave Única de Registro de Población que, además de los datos previstos en el artículo 91 de esta Ley, contenga huellas dactilares y fotografía, será el documento nacional de identificación obligatorio, de aceptación universal y obligatoria en todo el territorio nacional, y estará disponible en formato físico y digital”.
Ley General de Población, Artículo 91 Bis.
Multa por CURP Biométrica
Aunque el trámite de la CURP Biométrica se ha presentado como voluntario para la población, el decreto es claro respecto a quiénes podrían recibir una sanción económica.
No se trata de los ciudadanos que decidan no tramitarla.
Las multas aplican para:
- Autoridades de los tres órdenes de gobierno
La reforma establece que estas entidades están obligadas a aceptar la CURP Biométrica como medio de identificación oficial y a cumplir con las nuevas reglas en materia de identidad. La integración de los datos biométricos se realizará, previo consentimiento de las personas titulares.
¿Por qué podrían recibir multa por la CURP Biométrica?
La sanción se aplicará a quienes incumplan lo establecido en el artículo 114 de la Ley General de Población.
“Las autoridades federales, estatales o municipales que incurran en violaciones a la presente Ley o a las disposiciones que la reglamenten, que no constituyan delitos, serán sancionados con multa hasta de cinco mil pesos y destitución en caso de reincidencia”.
Artículo 114 de la Ley General de Población
En términos simples: si una autoridad no acepta la CURP Biométrica como identificación oficial, o ignora las nuevas disposiciones legales, podrá ser multada.
¿De cuánto es la multa por no aceptar la CURP Biométrica?
Las sanciones van de 10 mil a 20 mil Unidades de Medida y Actualización (UMA).
En 2026, el valor diario de la UMA es de 117.31 pesos.
Con base en esa cifra, las multas pueden ir de:
- 1 millón 173 mil 100 pesos
- Hasta 2 millones 346 mil 200 pesos
Las autoridades reiteraron que los ciudadanos no serán multados por no tramitar la CURP Biométrica.
¿Tienes una denuncia o información que quieras compartir? Escríbenos al WhatsApp de Uno TV: +52 55 8056 9131. Tu mensaje puede hacer la diferencia.
Sigue a Uno TV en Google Discover y consulta las noticias al momento



