Venció el plazo del aguinaldo: qué hacer para reclamar si no te lo pagaron

La fecha límite para pagar el aguinaldo se cumplió el pasado 20 de diciembre, por lo que la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) puso a disposición información importante para todos aquellos trabajadores que tenían derecho a cobrarlo y no se cubrió el monto correspondiente.
¿Qué pasa si no recibí el aguinaldo?
La Profedet reiteró que el aguinaldo es un derecho laboral irrenunciable y obligatorio para los empleadores, conforme a la Ley Federal del Trabajo (LFT); por ello, la dependencia federal puso a disposición servicios gratuitos de orientación, asesoría y defensa legal, con el fin de garantizar el pago correcto y oportuno de esta prestación.
Para atender dudas o iniciar una queja, la Profedet ofrece atención gratuita en:
- Oficina central: Avenida Dr. José María Vértiz 211, Colonia Doctores, Alcaldía Cuauhtémoc, CDMX
- Oficinas estatales: bit.ly/OFICINAPROFEDET
- Centro Integral de Soluciones y Servicios Laborales (CISSEL): 079, línea del Gobierno de México
Además, las personas trabajadoras pueden consultar las preguntas frecuentes sobre el aguinaldo 2025 en el sitio oficial:
https://www.gob.mx/profedet/documentos/preguntas-frecuentes-aguinaldo-2025
Actualmente, la Profedet brinda orientación, asesoría, representación jurídica y promueve mecanismos alternativos de solución de conflictos laborales, con el objetivo de reducir tiempos de resolución y fomentar acuerdos voluntarios que protejan los derechos de las personas trabajadoras.
¿Quiénes tienen derecho al aguinaldo?
El pago del aguinaldo corresponde a todas las personas trabajadoras que se rijan por la LFT, entre ellas:
- Personal de base y de confianza
- Trabajadores sindicalizados
- Personal por obra o tiempo determinado
- Trabajadores por temporada o tiempo indeterminado
- Personas sujetas a prueba o capacitación inicial
- Trabajadores eventuales, comisionistas, agentes de comercio, vendedores y similares
Incluso quienes no hayan cumplido un año de servicio tienen derecho a recibir la parte proporcional del aguinaldo, conforme al tiempo laborado, sin importar si continúan o no trabajando al momento del pago.
¿Cuánto aguinaldo corresponde por ley?
De acuerdo con el artículo 87 de la LFT, el aguinaldo equivale como mínimo a 15 días de salario, aunque puede ser mayor si así lo establece el contrato individual o colectivo de trabajo, o por acuerdo con el empleador.
La Profedet subrayó que el aguinaldo debe pagarse en efectivo, cheque, depósito o transferencia bancaria, y no puede sustituirse por vales, mercancía u otras formas de pago.
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