Menos papel y más agilidad: ASA implementa firma electrónica avanzada

| 15:11 | Alejandro Villa | UnoTV- DOF | México
Para el Retiro: Qué es la Firma Electrónica SAR y cómo tramitarla
Firma electrónica. Foto: Shutterstock /ilustrativa

El proceso de digitalización de trámites y ahorro de recursos va en serio en Aeropuertos y Servicios Auxiliares (ASA); este día se dieron a conocer, en la edición del Diario Oficial de la Federación (DOF), los nuevos lineamientos para la implementación y uso de la firma electrónica avanzada. De acuerdo con el organismo se buscará reducir el uso de papel, agilizar procesos administrativos  y dar certeza jurídica a los documentos que emiten los servidores públicos.

Los nuevos lineamientos para la implementación y uso de la firma electrónica avanzada (e.firma) en ASA establecen que oficios, actas, notas, circulares y otros documentos podrán firmarse de forma digital, siempre que el proceso ya esté habilitado tecnológicamente dentro del organismo.

¿Qué cambia con la firma electrónica en ASA?

El objetivo principal es modernizar los trámites internos y externos, disminuir el manejo de documentos físicos y optimizar tiempos de atención.

De acuerdo con los lineamientos:

  • Los documentos electrónicos firmados con e.firma tendrán el mismo valor que los firmados a mano
  • Se podrán firmar digitalmente oficios, notas, actas, circulares y otros documentos administrativos
  • La firma será personal e intransferible, por lo que cada servidor público será responsable de su uso
  • En caso de fallas técnicas, los documentos podrán firmarse de forma autógrafa de manera temporal

Quiénes pueden usar esta herramienta

Para usar esta herramienta, los servidores públicos deberán contar con un certificado digital vigente emitido por el Servicio de Administración Tributaria.

Servicio de Administración Tributaria es la autoridad certificadora encargada de emitir los certificados que permiten validar la identidad del firmante y garantizar que el documento no sea alterado.

Cuándo entra en vigor

Los lineamientos entrarán en vigor a partir de su publicación en el Diario Oficial de la Federación o en la Normateca interna de ASA.

Además, los titulares de las unidades administrativas tendrán cinco días hábiles para designar al enlace que participará en la implementación del sistema.

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