Declaración Anual: estas son las multas que podrías pagar si no cumples

| 13:08 | Eduardo Ramírez Mendoza | UnoTV
SAT. Foto: Cuartoscuro.

El no presentar la Declaración Anual podría generar sanciones, como multas que van desde los 2 mil hasta más de 50 mil pesos, por lo que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) hace un llamado a cumplir con esta obligación.

Multas por no presentar la Declaración Anual

En el Anexo 5 de la Resolución Miscelánea Fiscal, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 28 de diciembre de 2025, se establecen las multas aplicables por incumplimientos fiscales, entre ellos no presentar la Declaración Anual.

Las sanciones pueden ser:

  • No cumplir con la presentación de la declaración cuando existe la obligación: multa de 2 mil 50 a 25 mil 360 pesos por cada obligación
  • Entregar la declaración después del plazo establecido o tras un requerimiento: sanción de 2 mil 50 a 50 mil 710 pesos por obligación
  • No presentar la declaración por medios electrónicos o dejar información incompleta: multa de 19 mil 460 a 38 mil 890 pesos
  • Cometer errores o no firmar adecuadamente el documento: multa de mil 830 a 5 mil 500 pesos
  • Infracciones menores, como datos faltantes o claves incorrectas: multa de 920 a 2 mil 520 pesos

¿Quiénes están obligados a presentar la Declaración Anual?

El SAT señala que las personas físicas están obligadas a presentar su declaración anual cuando se encuentren en determinados supuestos fiscales.

Deben hacerlo quienes obtuvieron ingresos por:

  • Sueldos y salarios provenientes de más de un patrón
  • Honorarios o actividades profesionales
  • Actividades empresariales
  • Arrendamiento de bienes inmuebles
  • Plataformas digitales
  • Ingresos adicionales a salarios

También deben cumplir quienes hayan dejado de laborar antes del cierre del año fiscal o quienes perciban ingresos superiores a los límites establecidos por la autoridad tributaria.

Fecha límite para presentar Declaración Anual 

El SAT establece que las personas físicas deberán presentar la Declaración Anual del 1 al 30 de abril de 2026. Mientras que en el caso de las personas morales, el periodo para se mantiene durante todo el mes de marzo.

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