Acoso en cobranza tendrá castigo: SCJN fortalece facultades de la Condusef

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó que la Condusef sí tiene facultades para sancionar a bancos que incumplan con la obligación de reportar quejas por cobranza realizadas por despachos externos, una práctica que ha generado miles de inconformidades entre usuarios del sistema financiero.
La decisión refuerza los mecanismos de protección contra el acoso en cobranza, al validar que las instituciones financieras pueden ser multadas cuando omiten informar, a través del Registro de Despachos de Cobranza (Redeco), las quejas relacionadas con la gestión de estos intermediarios.
¿Qué resolvió la SCJN sobre la cobranza bancaria?
El Pleno de la SCJN aprobó el proyecto del amparo en revisión 323/2025, en el que determinó que es constitucional la legislación que obliga a los bancos a rendir informes periódicos sobre las quejas vinculadas a despachos de cobranza externa.
El caso se originó a partir de dos multas administrativas impuestas a una institución bancaria por no reportar, vía el Redeco, las quejas relacionadas con la actuación de sus despachos de cobranza contratados.
¿Por qué los bancos están obligados a reportar quejas?
La Corte estableció que la ley es clara al señalar que:
- Las entidades financieras que contratan despachos de cobranza deben informar periódicamente las quejas de los usuarios.
- Si una institución no cuenta con despachos, también está obligada a informarlo y validarlo de manera expresa.
- El incumplimiento de estas obligaciones está sancionado con multas, conforme a la ley.
Con ello, se descarta que exista ambigüedad o falta de certeza jurídica en las normas que regulan la cobranza extrajudicial.
¿La Condusef puede multar y en cuánto tiempo?
Uno de los argumentos del banco sancionado fue que el procedimiento administrativo violaba principios de legalidad y seguridad jurídica. La SCJN rechazó este planteamiento.
El fallo confirma que el procedimiento sancionador de la Condusef es constitucional, ya que:
- Existe un plazo definido de 180 días para que la autoridad emita y notifique su resolución.
- Esto garantiza certeza jurídica tanto para las instituciones financieras como para los usuarios.
¿Qué significa esta decisión para los usuarios?
La resolución fortalece la capacidad de la Condusef para vigilar y sancionar prácticas abusivas de cobranza, y obliga a los bancos a transparentar las quejas que generan los despachos que actúan en su nombre.
En la práctica, esto busca frenar el acoso en cobranza, mejorar la rendición de cuentas de las instituciones financieras y reforzar la protección de los derechos de las personas usuarias del sistema financiero en México.
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