Entra en vigor nueva edad de jubilación en el ISSSTE: aplica desde 2025

Desde este 2025, que ya finaliza, las y los trabajadores al servicio del Estado podrán jubilarse a una edad menor. El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el acuerdo que detiene y reduce gradualmente la edad mínima para acceder a la pensión por jubilación, en cumplimiento del decreto presidencial que reconoce el derecho a una pensión jubilatoria justa y digna, siempre que se cumpla con los años de cotización establecidos.
El acuerdo, aprobado por la Junta Directiva del ISSSTE, entra en vigor al día hábil siguiente de su publicación en el DOF y aplica para las personas trabajadoras al servicio del Estado que se encuentren en el supuesto del Artículo Décimo Transitorio de la Ley del ISSSTE, sin haber optado por bonos de pensión.
¿A quiénes aplica la nueva edad de jubilación del ISSSTE?
De acuerdo con el decreto y el acuerdo publicado, el beneficio aplica a:
- Trabajadores al servicio del Estado con 30 años o más de cotización
- Trabajadoras al servicio del Estado con 28 años o más de cotización
- Personas que no hayan optado por la acreditación de bonos de pensión del ISSSTE
El objetivo es detener el aumento progresivo de la edad de retiro y reducirla de manera gradual, conforme al principio de progresividad de los derechos humanos.
Nueva edad de jubilación en el ISSSTE: antes y después de la reforma
Este es el recuadro clave del cambio, con la comparación entre la edad vigente y la edad con reforma, tal como fue publicado en el DOF:
Edad mínima de jubilación (vigente vs con reforma)
| Año | Trabajadoras (vigente) | Trabajadoras (con reforma) | Trabajadores (vigente) | Trabajadores (con reforma) |
| 2025 | 56 | 56 | 58 | 58 |
| 2026 | 57 | 56 | 59 | 58 |
| 2027 | 57 | 56 | 59 | 58 |
| 2028 | 58 | 55 | 60 | 57 |
| 2029 | 58 | 55 | 60 | 57 |
| 2030 | 58 | 55 | 60 | 57 |
| 2031 | 58 | 54 | 60 | 56 |
| 2032 | 58 | 54 | 60 | 56 |
| 2033 | 58 | 54 | 60 | 56 |
| 2034 en adelante | 58 | 53 | 60 | 55 |

¿Qué establece el acuerdo del ISSSTE?
El Artículo Primero del acuerdo reconoce formalmente el derecho a una pensión jubilatoria justa y digna y ordena aplicar la reducción gradual de la edad mínima de jubilación, conforme a la tabla publicada.
El Artículo Segundo instruye a las áreas responsables del ISSSTE a realizar las acciones necesarias para que las solicitudes de pensión por jubilación se otorguen bajo los nuevos criterios.
¿Cuándo entra en vigor?
- El acuerdo entra en vigor al día hábil siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación
- La Dirección Jurídica del ISSSTE deberá integrar el contenido en la Normateca Electrónica Institucional en un plazo máximo de cinco días hábiles
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