Pensión de viudez del IMSS: así cambia el trámite por decisión de la SCJN

| 13:28 | Eduardo Ramírez Mendoza | UnoTV
Pensión de viudez del IMSS. Foto: Cuartoscuro.

La pensión de viudez del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) tuvo modificaciones luego de un fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que eliminó el requisito de acreditar un tiempo mínimo de matrimonio para acceder a esta prestación.

La resolución de la Corte determinó que condicionar el acceso a la pensión de viudez por el tiempo de duración del matrimonio o concubinato resulta discriminatorio y vulnera derechos fundamentales.

“La norma viola el principio de igualdad, ya que cualquier autoridad debe dar el mismo trato a todas las personas que estén en condiciones similares”, señaló la Corte. 

SCJN elimina requisito de matrimonio en la pensión de viudez IMSS

La SCJN resolvió que el requisito que exigía acreditar al menos seis meses de matrimonio previo al fallecimiento del asegurado o pensionado no es constitucional. Con este fallo, el IMSS tiene que otorgar la pensión de viudez sin considerar la duración del vínculo matrimonial o del concubinato.

El máximo tribunal del país señaló que la protección social no debe condicionarse a la temporalidad de la relación, ya que la finalidad de la pensión de viudez es garantizar la seguridad económica de la persona sobreviviente.

IMSS ajusta trámite de la pensión de viudez

Tras el fallo de la SCJN, el IMSS informó que el trámite de la pensión de viudez IMSS se ajusta para eliminar este requisito. Las personas solicitantes deberán cumplir con los requisitos generales establecidos en la Ley del Seguro Social, sin acreditar el tiempo mínimo de matrimonio.

El IMSS precisó que el derecho a la pensión de viudez se mantiene siempre que la persona fallecida haya sido asegurada o pensionada y que se cumplan las condiciones legales vigentes.

¿Quiénes pueden solicitar la pensión de viudez IMSS?

De acuerdo con el IMSS, la pensión de viudez puede ser solicitada por la esposa, esposo, concubina o concubinario del asegurado o pensionado fallecido. Con la eliminación del requisito de duración del matrimonio, el acceso se amplía a más personas que dependían económicamente del titular.

La institución reiteró que el trámite se realiza en las oficinas del IMSS y a través de sus canales oficiales, conforme a los lineamientos actualizados tras el fallo de la SCJN.

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