Emiten nueva regla para negar algunas ciudadanías estadounidenses por derecho de nacimiento

El Departamento de Seguridad Nacional (DHS) emitió una nueva regla provisional que amplía las categorías de menores nacidos en Estados Unidos que podrían quedar fuera de las ciudadanías estadounidenses por nacimiento.
Es una medida que afecta principalmente a hijos de determinados empleados de gobiernos extranjeros cuando ninguno de sus padres es ciudadano estadounidense.
La normativa está programada para publicarse en el Registro Federal el 9 de septiembre y representa un nuevo paso de la administración del presidente Donald Trump para modificar la interpretación de quién está considerado “sujeto a la jurisdicción” de Estados Unidos.
El DHS sostiene que, en determinadas circunstancias, los hijos de empleados de gobiernos extranjeros no cumplen con esa condición y, por lo tanto, no adquirirían automáticamente la ciudadanía estadounidense al nacer.
La regla no se limita a embajadores o funcionarios diplomáticos de alto rango. El documento incluye a personas que trabajan para una embajada o consulado extranjero y son nacionales de ese país; empleados de un gobierno extranjero que desempeñen funciones oficiales y determinados trabajadores de organizaciones internacionales que cuentan con inmunidad en Estados Unidos.
¿Qué cambia de ahora en adelante para las ciudadanías estadounidenses?
Hasta ahora, la excepción reconocida por las normas federales se concentraba principalmente en los hijos nacidos en Estados Unidos de funcionarios diplomáticos extranjeros acreditados.
El propio DHS señala que las regulaciones existentes desde 1982 contemplaban que estos menores no eran ciudadanos estadounidenses bajo la Decimocuarta Enmienda, aunque podían solicitar voluntariamente la residencia permanente.
Con la nueva regla, esa categoría se amplía, pues el DHS establece que, cuando ninguno de los padres es ciudadano estadounidense y uno de ellos era un empleado de un gobierno extranjero al momento del nacimiento, el menor no estaría considerado sujeto a la jurisdicción estadounidense para efectos de la ciudadanía por nacimiento.
Entre las personas excluidas aparecen empleados personales de funcionarios extranjeros -como asistentes, choferes o trabajadores domésticos-.
Tampoco se incluye a empleados de empresas estatales, ciudadanos de terceros países que trabajan para un gobierno extranjero o contratistas que no tengan las clasificaciones migratorias contempladas por la norma.
Esto significa que no todos los hijos de personas que trabajan para un gobierno extranjero quedarían automáticamente afectados, sino que la situación dependería de las funciones desempeñadas por el padre o la madre, su nacionalidad y su relación laboral con el gobierno extranjero.
¿Qué alternativa tendrían los menores afectados?
El DHS cuenta con una vía migratoria para los niños que, bajo esta interpretación, no adquieran la ciudadanía estadounidense al nacer.
La nueva normativa permite que puedan registrarse voluntariamente como residentes permanentes legales mediante el Formulario I-485, utilizado para solicitar el registro de residencia permanente.
Si la solicitud es aprobada, la residencia permanente se consideraría efectiva desde la fecha de nacimiento.
La nueva regulación solamente contempla nacimientos ocurridos a partir de su fecha de entrada en vigor. Los menores nacidos antes de ese momento no quedarían sujetos a los nuevos requisitos establecidos por esta regla provisional.
No obstante, en su decisión de junio de 2026, el máximo tribunal sostuvo que los niños nacidos en Estados Unidos de padres que se encuentran en el país de manera ilegal o temporal están sujetos a la jurisdicción estadounidense y son ciudadanos al nacer bajo la Decimocuarta Enmienda.
En definitiva, la nueva regulación del DHS intenta establecer una categoría diferente basada en la condición de empleado de un gobierno extranjero.
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