SCJN frena uso de viviendas abandonadas por Ayuntamiento de Hermosillo

| 14:01 | Alejandra Guzmán | Uno TV
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Suprema Corte de Justicia de la Nación. Foto: Cuartoscuro

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó diversas disposiciones del reglamento del Ayuntamiento de Hermosillo, Sonora, que permitían al gobierno municipal asumir la posesión de inmuebles declarados abandonados y otorgarlos temporalmente a terceros para uso habitacional.

Al resolver la Controversia Constitucional 309/2024, el máximo tribunal determinó que varias de las normas impugnadas son contrarias al marco constitucional, aunque mantuvo vigente una parte importante del procedimiento para identificar y atender edificaciones y viviendas en abandono.

SCJN invalida artículos sobre posesión de inmuebles

La Corte declaró inválidas disposiciones que permitían al Ayuntamiento adquirir el carácter de poseedor de un inmueble una vez emitida la declaratoria de abandono.

También anuló las reglas que facultaban a la sindicatura municipal para otorgar a terceros el uso, goce temporal o habitación de las propiedades consideradas abandonadas.

Además, fueron invalidados los artículos relacionados con contratos temporales sobre los inmuebles y las facultades para gestionar su desocupación.

¿Qué partes del reglamento siguen vigentes?

Los ministros reconocieron la validez de diversos artículos que regulan el procedimiento administrativo para detectar, investigar y emitir declaratorias sobre edificaciones y viviendas presuntamente abandonadas.

Esto significa que el Ayuntamiento podrá continuar con las acciones para identificar inmuebles en esta condición, siempre que respete los límites establecidos por la Constitución y los derechos de propiedad de los particulares.

La sentencia establece que las autoridades municipales no pueden apropiarse de la posesión de los bienes mediante una declaratoria administrativa.

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