Aterrizaje militar en Toluca reabre debate: quién autoriza la entrada de soldados extranjeros a México

El reciente aterrizaje de un avión militar Hércules C-130 de Estados Unidos en el Aeropuerto Internacional de Toluca generó cuestionamientos sobre las condiciones legales que permiten el ingreso de aeronaves militares o tropas extranjeras a territorio mexicano.
¿Quién autoriza el ingreso de aviones militares o tropas extranjeras a México?
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en el Artículo 76, fracción III que el Senado de la República tiene la facultad exclusiva de:
- Autorizar el paso de tropas extranjeras por territorio nacional
- Estación de escuadras navales extranjeras por más de un mes en aguas mexicanas
- Salida de tropas mexicanas fuera del país
Esta disposición coloca a la Cámara alta como la instancia que valida o rechaza solicitudes relacionadas con fuerzas armadas extranjeras, así como con la salida de fuerzas armadas nacionales.
La solicitud debe ser enviada por el Ejecutivo federal, quien debe presentar los siguientes datos:
- Número de elementos de las tropas extranjeras
- Tipo de armamento o equipo
- Duración de la estancia
- Actividades a realizar
Cuando el Senado aprueba la solicitud, fija límites claros: tiempo de permanencia, zonas permitidas y funciones específicas, como capacitación, mantenimiento de equipos, custodia de aeronaves o participación en ejercicios conjuntos. Sin esta autorización, la entrada de tropas extranjeras no tiene sustento legal.
Espacio aéreo de México
Para que un avión militar extranjero haga uso del espacio aéreo de México también requiere autorización del Estado mexicano, el cual se otorga mediante permisos administrativos coordinados por dependencias federales, como la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) y la Secretaría de Gobernación (Segob).



