¿Cuándo un asesinato de una mujer se investiga como feminicidio? Así lo acredita la Fiscalía

| 09:27 | Mario Ostos | UnoTV
¿Cuándo un asesinato de una mujer se investiga como feminicidio? Así lo acredita la Fiscalía
Foto: Cuartoscuro

¿Cuándo un asesinato de una mujer se investiga como feminicidio? Esa es una de las principales dudas tras diversos casos registrados en México. De acuerdo con la abogada Melissa Ayala, cofundadora y socia de Arcana Legal, el elemento que determina que una investigación avance por el delito de feminicidio es la existencia de razones de género que motivaron la privación de la vida de una mujer, conforme a la legislación aplicable y a los criterios establecidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

La especialista explicó en entrevista para Unotv.com que la configuración del delito depende del Código Penal de cada entidad federativa. Como ejemplo, señaló que en Tamaulipas, el artículo 337 Bis establece que incurre en feminicidio quien prive de la vida a una mujer por razones de género.

Aclaró que uno de los aspectos más complejos durante la investigación consiste en acreditar precisamente esas razones de género. Recalcó también que es precisamente esta distinción lo que distingue los feminicidios.

¿Qué elementos acreditan las razones de género en un feminicidio?

Melissa Ayala explicó que la legislación contempla diversos supuestos que permiten sustentar la existencia de razones de género durante la investigación.

Entre ellos se encuentran:

  • Que la víctima presente signos de violencia sexual
  • Que el cuerpo tenga lesiones, mutilaciones, quemaduras, fracturas, signos de asfixia o estrangulamiento
  • Que existan antecedentes de violencia contra la víctima
  • Que la víctima haya sido incomunicada
  • Que el cuerpo haya sido expuesto o abandonado en un lugar público

La especialista precisó que no es necesario acreditar todos estos supuestos para configurar el delito. Basta con que durante las investigaciones se demuestre uno o varios de ellos para que el Ministerio Público sustente la existencia de razones de género.

También destacó que la integración de la carpeta de investigación debe apoyarse en pruebas científicas, periciales y testimoniales. Esta permitirán determinar si la privación de la vida ocurrió bajo alguno de los supuestos previstos por la ley.

No toda muerte violenta de una mujer se clasifica como feminicidio

La abogada señaló que existe la percepción de que cualquier asesinato de una mujer constituye automáticamente un feminicidio, pero explicó que jurídicamente no ocurre así.

Indicó que la SCJN ha establecido mediante precedentes obligatorios que toda muerte violenta de una mujer debe investigarse inicialmente como un posible feminicidio. Además se debe aplicar una perspectiva de género y protocolos especializados.

Sin embargo, puntualizó que ello no significa que todas las investigaciones concluyan con esa clasificación jurídica.

Si durante las diligencias no se logran acreditar razones de género, el Ministerio Público puede reclasificar el delito como homicidio al momento de judicializar el caso, siempre con base en las pruebas obtenidas durante la investigación.

La especialista explicó que investigar con perspectiva de género implica preservar adecuadamente la escena del crimen, recabar evidencia específica y revisar antecedentes de violencia que puedan orientar las diligencias e identificar a posibles responsables.

También indicó que el adecuado manejo de la evidencia resulta indispensable para evitar que la investigación pierda elementos que posteriormente puedan ser determinantes en el proceso penal.

¿Una mujer puede cometer feminicidio?

Al referirse al caso de Dafne Zapata, donde una de las personas imputadas es mujer, Melissa Ayala explicó que el delito de feminicidio no exige que el responsable sea hombre.

Precisó que los códigos penales hacen referencia a “la persona” que prive de la vida a una mujer por razones de género, por lo que jurídicamente una mujer también puede ser responsable de este delito si se actualizan los elementos previstos en la ley.

Errores que pueden afectar una investigación por feminicidio

La especialista señaló que uno de los principales errores consiste en no preservar correctamente la escena de los hechos, situación que puede provocar contaminación del lugar o pérdida de evidencia.

Además, indicó que la difusión de información relacionada con las víctimas durante las investigaciones puede derivar en procesos de revictimización, tanto para la persona afectada como para sus familiares.

Explicó que el tratamiento adecuado de la información forma parte de las medidas que buscan proteger los derechos de las víctimas durante el desarrollo de las investigaciones.

Nueva Ley General sobre feminicidio y cambios planteados

Respecto a la iniciativa del Gobierno federal para crear una Ley General en materia de feminicidio, Melissa Ayala señaló que uno de los objetivos es homologar la definición del delito y los criterios de actuación de las fiscalías en todo el país.

Explicó que la propuesta también incorpora expresamente la obligación de investigar todas las muertes violentas de mujeres como posibles feminicidios, criterio que ya deriva de precedentes obligatorios emitidos por la Suprema Corte, como los casos de Mariana Lima Buendía y Carla Pontigo.

Añadió que, además de las modificaciones legales, será necesario que las instituciones cuenten con presupuesto, capacitación y recursos para aplicar correctamente el marco normativo.

Imprescriptibilidad, homologación de penas y transfeminicidios

Melissa Ayala señaló que declarar el feminicidio como un delito imprescriptible permitiría procesar a las personas responsables sin importar el tiempo transcurrido desde los hechos.

Sobre la homologación de penas en todo el país, indicó que puede generar mayor uniformidad en el sistema penal, aunque señaló que el incremento de las sanciones por sí sólo no reduce la incidencia del delito.

También consideró que las políticas públicas deben enfocarse en la prevención de las violencias contra las mujeres y en el combate a la impunidad.

Recordó que la sentencia del caso Campo Algodonero de la Corte Interamericana de Derechos Humanos establece que la falta de sanción transmite el mensaje de que este tipo de violencias pueden cometerse sin consecuencias.

Finalmente, señaló que los supuestos legales actuales para acreditar razones de género son amplios. Pero también consideró que la legislación podría incorporar expresamente el reconocimiento de los transfeminicidios.

Explicó que la Suprema Corte ya ha sostenido que los asesinatos de mujeres trans por razones de género deben investigarse como feminicidios, por lo que incluir este reconocimiento de forma expresa en la legislación contribuiría a visibilizar este tipo de violencia.

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