¿La CURP biométrica es obligatoria para trámites en el IMSS? esto dice la ley

La implementación de la CURP biométrica en México ha generado dudas entre la población, especialmente sobre si será obligatoria para realizar trámites ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y otras dependencias públicas.
Desde que se anunció que la CURP biométrica podría convertirse en una identificación oficial válida en todo el país, miles de personas se han preguntado si deberán tramitarla de manera obligatoria para acceder a servicios o realizar gestiones gubernamentales.
A continuación te explicamos lo que dicen las disposiciones oficiales y las aclaraciones del gobierno federal.
Lo que establece el Diario Oficial de la Federación
De acuerdo con el Diario Oficial de la Federación (DOF), la Clave Única de Registro de Población (CURP) tiene carácter obligatorio para la realización de diversos trámites.

En el artículo 91 Bis, se establece que la CURP será un documento obligatorio, disponible tanto en formato físico como digital.
Además, el artículo 91 Sexies señala que toda entidad pública o privada deberá solicitar la CURP para la prestación de servicios o la realización de trámites.

Estas disposiciones han generado confusión entre la ciudadanía, ya que muchos interpretaron que la versión biométrica del documento sería indispensable para cualquier gestión oficial.
Importancia para adultos mayores y el sistema de salud
Autoridades han señalado que la CURP biométrica podría tener relevancia en distintos sistemas gubernamentales, incluido el sector salud.
La información biométrica podría vincularse con registros del Sistema Nacional de Salud, de acuerdo con lo que prevé la Ley General de Salud.
Por esta razón, especialistas consideran que el trámite podría resultar útil para ciertos procesos administrativos en el futuro, especialmente para adultos mayores que reciben servicios médicos o apoyos sociales.
¿Qué documentos se necesitan para tramitar la CURP biométrica?
Para realizar el trámite de la CURP biométrica se solicita presentar la siguiente documentación:
- Identificación oficial vigente (INE o pasaporte)
- Acta de nacimiento certificada reciente
- CURP actual impresa, verificada por el Registro Nacional de Población (RENAPO)
- Comprobante de domicilio con antigüedad no mayor a tres meses
- Correo electrónico activo
Ante las distintas interpretaciones sobre su implementación, muchas personas han optado por esperar nuevas indicaciones oficiales antes de realizar el trámite, mientras otras consideran conveniente obtenerla de manera preventiva.
¿Tienes una denuncia o información que quieras compartir? Escríbenos al WhatsApp de Uno TV: +52 55 8056 9131. Tu mensaje puede hacer la diferencia.
Sigue a Uno TV en Google Discover y consulta las noticias al momento.



