No todos los asesinatos entran a la estadística: así decide México qué homicidios contabiliza

Cada mes, las cifras de homicidios se convierten en uno de los indicadores más observados sobre la situación de seguridad en México. Sin embargo, detrás de esos números existe una metodología específica que determina qué casos son contabilizados, cómo se registran y cuáles no forman parte de la estadística oficial.
La clasificación no depende de reportes policiales, notas periodísticas ni hallazgos preliminares. De acuerdo con la metodología vigente del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), un homicidio sólo puede incorporarse a la estadística nacional cuando forma parte de una carpeta de investigación iniciada formalmente por una fiscalía o procuraduría estatal.
La actualización más reciente del sistema entró en vigor en enero de 2026 mediante el Registro Nacional de Incidencia Delictiva (RNID), mecanismo que sustituyó al anterior Instrumento de Registro, Clasificación y Reporte de los Delitos y las Víctimas.
El punto de partida: una carpeta de investigación
Según la metodología publicada por el SESNSP el 20 de febrero de 2026, la incidencia delictiva se construye a partir de los presuntos delitos registrados en carpetas de investigación abiertas en agencias del Ministerio Público.
El documento establece que no se toman en cuenta informes policiales, noticias criminales, expedientes administrativos, actas circunstanciadas ni cualquier otro documento distinto al inicio formal de una carpeta de investigación.
La razón, señala la metodología, es que el Ministerio Público es la única autoridad facultada para presumir formalmente la ocurrencia de un delito y registrarlo para efectos estadísticos.
Esto significa que una muerte violenta sólo puede ingresar a las estadísticas oficiales cuando existe una carpeta de investigación donde la autoridad ministerial clasifique los hechos como un delito.
Qué se considera homicidio para fines estadísticos
Dentro de la clasificación nacional de delitos del RNID, el homicidio forma parte del grupo de conductas que atentan contra la vida y la integridad corporal.
La definición oficial establece que homicidio es la conducta mediante la cual una persona priva de la vida a otra.
La categoría incluye:
- Homicidio simple
- Homicidio calificado
- Homicidio doloso
- Homicidio culposo
- Homicidio en riña
- Parricidio
- Infanticidio
La metodología también distingue entre homicidio doloso y homicidio culposo. El primero ocurre cuando existe voluntad consciente dirigida a ejecutar el delito.
Mientras que el segundo se registra cuando la muerte ocurre sin intención, derivada de imprudencia, negligencia, impericia, falta de cuidado o falta de previsión.
Ambas categorías forman parte de la estadística oficial, aunque se contabilizan de manera diferenciada.
Las tentativas también se registran, pero no se cuentan como homicidios consumados
El RNID incorpora un criterio adicional: el grado de consumación del delito. Cada expediente debe indicar si el delito fue consumado, quedó en tentativa o no pudo identificarse su grado de ejecución.
Por ello, las tentativas de homicidio doloso se registran de manera independiente. La metodología define una tentativa cuando la ejecución del delito comienza, pero por causas ajenas a la voluntad del agresor no se concreta la muerte de la víctima.
Estos casos no pueden contabilizarse como homicidios consumados.
Qué muertes quedan fuera de la categoría de homicidio
El RNID establece exclusiones precisas, ya que no se contabilizan como homicidio:
- Feminicidios
- Abortos
- Inducción o ayuda al suicidio
- Muertes naturales
Cada uno de estos hechos se registra en categorías distintas dentro de la clasificación estadística nacional. Por ejemplo, el feminicidio constituye un delito independiente cuando la privación de la vida de una mujer ocurre bajo circunstancias relacionadas con razones de género.
La metodología también incorpora la categoría de transfeminicidio cuando la víctima es una mujer trans o una persona cuya identidad o expresión de género se ubica dentro del espectro femenino.
Cómo se contabilizan los casos
Una de las modificaciones centrales introducidas por el RNID es que ahora cada delito cuenta con información desagregada sobre fecha, hora y lugar de ocurrencia.
La contabilización se realiza con base en el municipio donde ocurrieron los hechos y no necesariamente donde se presentó la denuncia o se abrió la carpeta de investigación.
Además, cada delito cuenta con identificadores únicos que permiten vincularlo con víctimas específicas y con la carpeta correspondiente.
El sistema también registra características de las víctimas como sexo, edad, nacionalidad, pertenencia a población indígena o condición de discapacidad.
De 22 delitos a un catálogo de 71
La metodología actual es resultado de un proceso de actualización iniciado por el Consejo Nacional de Seguridad Pública en diciembre de 2024.
Hasta 2015, el sistema estadístico nacional sólo generaba información para 22 delitos. Posteriormente, se amplió a 53 conductas delictivas y, a partir de enero de 2026, el Registro Nacional de Incidencia Delictiva comenzó a operar con información correspondiente a 71 delitos.
El nuevo modelo permite identificar la fecha exacta de ocurrencia de los hechos, el municipio donde sucedieron, el número de víctimas involucradas y el grado de consumación de cada conducta criminal.
La cifra que se publica cada mes
Las estadísticas que difunde mensualmente el SESNSP son una versión pública construida a partir de los registros enviados por las 32 fiscalías y procuradurías estatales.
Detrás de cada cifra de homicidio existe un proceso de clasificación que determina si la muerte corresponde a un homicidio doloso, homicidio culposo, feminicidio, tentativa u otra conducta delictiva.
En términos estadísticos, la diferencia entre una categoría y otra no depende únicamente de que exista una persona fallecida, sino de cómo quedó registrada la conducta dentro de la carpeta de investigación y de los criterios establecidos por el Registro Nacional de Incidencia Delictiva.
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