Nuevo protocolo de búsqueda se publica en el DOF: elimina término: “persona no localizada”

El protocolo de búsqueda de personas desaparecidas, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), establece nuevos lineamientos obligatorios en México, elimina el término “persona no localizada” y ordena iniciar acciones inmediatas tras cualquier denuncia.
El acuerdo fue aprobado por el Sistema Nacional de Búsqueda de Personas durante su segunda sesión ordinaria de 2025, realizada el 15 de diciembre de 2025, y forma parte de la actualización del Protocolo Homologado para la Búsqueda de Personas Desaparecidas.
El documento fija criterios que deberán aplicar autoridades de los tres niveles de Gobierno en materia de búsqueda, localización e identificación de personas.
Eliminan término “persona no localizada” en protocolo
Entre los cambios del protocolo de búsqueda de personas desaparecidas, destaca la eliminación del término “persona no localizada”.
Esta modificación implica que cualquier denuncia deberá activar de inmediato:
- Una carpeta de investigación
- Acciones de búsqueda sin retrasos
El nuevo esquema busca evitar demoras en la atención de casos y establece la obligación de actuar desde el primer momento.
Búsqueda inmediata y sin plazos
El protocolo actualizado refuerza que las autoridades deben iniciar la búsqueda sin esperar plazos tras el reporte de desaparición.
La normativa establece que la actuación debe basarse en el principio de presunción de vida y contempla la activación de mecanismos de localización de forma coordinada.
Además, define cinco tipos de búsqueda con procedimientos específicos:
- Inmediata
- Individualizada
- Por patrones
- Generalizada
- De familia
Cada modalidad responde a distintos contextos de desaparición y busca hacer más eficaces las acciones.
Nuevas herramientas para la búsqueda de personas
El documento incorpora herramientas para fortalecer la localización de personas:
- Plataforma Única de Identidad
- Alerta Nacional de Búsqueda
- Base Nacional de Carpetas de Investigación
También se refuerza el uso de datos biométricos como parte de los procesos de identificación.
Estas medidas buscan mejorar la integración de información y facilitar la coordinación entre autoridades.
Coordinación entre autoridades y participación de familias
El acuerdo establece lineamientos para fortalecer la coordinación interinstitucional entre dependencias federales, estatales y municipales.
El Sistema Nacional de Búsqueda de Personas se mantiene como el órgano encargado de articular estos esfuerzos, en colaboración con fiscalías y comisiones de búsqueda.
El protocolo también contempla la participación de:
- Familiares de personas desaparecidas
- Colectivos
- Organizaciones civiles
Estos actores participaron en consultas públicas realizadas durante 2025 para la elaboración del documento.
Registro nacional y seguimiento de casos
El protocolo establece, además, la obligación de generar registros, compartir información entre instituciones y mantener actualizado el Registro Nacional de Personas Desaparecidas.
El objetivo es mejorar la trazabilidad de los casos y fortalecer la respuesta del Estado.
También incorpora un enfoque basado en derechos humanos, que incluye:
- Atención a familiares
- Perspectiva de género
- Consideración de grupos en situación de vulnerabilidad
Protocolo será obligatorio en todo el país
La publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) establece también que el protocolo es de observancia obligatoria para todas las instituciones que integran el sistema nacional.
El acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación, por lo que se convierte en el marco operativo vigente para la búsqueda de personas en México.
Finalmente, vale recordar que, el documento completo fue anexado al acuerdo y forma parte integral de la disposición oficial.
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